Resolución 714 - E.

Fecha de disposición24 Noviembre 2016
Fecha de publicación24 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 714 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2016

VISTO el Expediente Nº 1.694.716/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 415 del 23 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.694.716/15, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical, y por la parte empleadora CCR SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90 , conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el Artículo 1º de la Resolución Ss.R.L. Nº 415/16 y registrado bajo el Nº 444/16, conforme surge de fojas 65/67 y 70, respectivamente.

Que a fojas 4 del Expediente 1.694.719/15 agregado como fojas 6 al Expediente Nº 1.694.716/15, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical, y por la parte empleadora CCR SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución Ss.R.L Nº 415/16 y registrado bajo el número 445/16 conforme surge de fojas 65/67 y 70, respectivamente.

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.694.722/15 agregado como foja 7 al Expediente Nº 1.694.716/15 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical y por la parte empleadora CCR SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado el Artículo 3º de la Resolución Ss.R.L. Nº 415/16 y registrado bajo el Nº 446/16, conforme surge de fojas 65/67 y 70, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio...

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