Resolución 71 - E.

Fecha de disposición22 Noviembre 2016
Fecha de publicación22 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 71 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2016

VISTO el Expediente N° EX-2016-01784438-APN-DDYME#MEM, la Ley N° 26.741, los Decretos Nros. 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 y 272 de fecha 29 de diciembre de 2015, las Resoluciones Nros. 49 de fecha 20 de septiembre de 2013, 165 de fecha 19 de agosto de 2014 y 183 de fecha 17 de septiembre de 2015, todas ellas de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, y la Resolución N° 24 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 26.741 de Soberanía Hidrocarburífera de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 7° del referido Reglamento creó el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas en el ámbito de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, en el cual deben estar inscriptos los sujetos que realicen actividades de exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos y combustibles.

Que de acuerdo con lo establecido por los Artículos 12, 17 y 24 del Reglamento aprobado mediante el mencionado Decreto N° 1.277/2012 los sujetos que realicen actividades de exploración, explotación, refinación, comercialización y transporte de hidrocarburos y combustibles deben presentar antes del 30 de septiembre de cada año su Plan Anual de Inversiones, incluyendo un detalle de sus metas cuantitativas en materia de exploración, explotación, refinación, comercialización y transporte de hidrocarburos, respectivamente.

Que posteriormente mediante el dictado del Decreto N° 272 de fecha 29 de diciembre de 2015 se disolvió la Comisión de Planificación Y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas y se derogaron los Artículos , , , , 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27, 28, 31 y 32 del Reglamento aprobado como Anexo I del Decreto N° 1.277/2012.

Que por medio del Artículo 3° del referido Decreto N° 272/2015 se estableció que las competencias de la ex Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas otorgadas por el Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina aprobado como Anexo I del Decreto N° 1.277/2012, que no hayan sido derogadas por...

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