Resolución 71/2023

Fecha de publicación03 Marzo 2023
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-19395476-APN-CGDS#JGM, la Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial de la Salud, para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica dentro de los Sistemas Locales de Salud, del 14 de noviembre de 1990, los Principios de Brasilia; Rectores para el Desarrollo de la Atención en Salud Mental en las Américas, del 9 de noviembre de 2005, las Leyes Nacionales N° 26.657 y N° 26.934, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), los Decretos N° 101 de fecha 16 de enero de 1985, N° 603 del 28 de mayo de 2013, Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y N° 51 del 10 de enero de 2020, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020, las Resoluciones SEDRONAR N° 266 del 26 de junio de 2014, N° 212 del 17 de mayo de 2016, N° 404 del 26 de septiembre de 2017, N° 92 del 25 de marzo de 2021 y N° 519 del 28 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad de Urgencia Nº 7/19 transfiere la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los créditos presupuestarios, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprueba el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 606/20 se sustituyó, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes Subsecretarías, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del citado Decreto.

Que dentro de las competencias de esta Secretaría se encuentra la de elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1865-APN-JGM se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dentro de las cuales se encuentran las relativas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRITICA, la DIRECCIÓN DE ASISTENCIA INMEDIATA y la COORDINACIÓN NACIONAL DE REGISTRO INSTITUCIONAL, todas ellas bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS.

Que, conforme lo establece la citada norma, la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRITICA consiste en establecer una red de centros de internación, dispositivos ambulatorios y consultorios externos en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y las áreas correspondientes de la Administración Pública Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría, definiendo los protocolos de intervención en lo dispuesto por la Ley de Salud Mental N° 26.657 y en planificar e implementar un sistema de atención inmediata, derivación y acompañamiento integral para las personas que atraviesen situaciones de consumo problemático.

Que el...

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