Resolución 703-E.

Fecha de disposición27 Octubre 2017
Fecha de publicación27 Octubre 2017
SecciónResoluciones

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 703-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0013413/2017 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 27.233, el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 establece la responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal de este Servicio Nacional, tiene como responsabilidad primaria el desarrollo de las acciones de prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales, asegurando el cumplimiento de las normas legales vigentes.

Que, asimismo, dentro de sus acciones se encuentra la de fiscalizar el movimiento de animales en sus aspectos higiénico-sanitarios, tanto en tránsito como en mercados, lugares de producción y/o concentración, otorgando los certificados correspondientes.

Que, por su parte, el Artículo 1° de la Ley N° 27.233 declara de interés nacional la sanidad de los animales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional, en tanto que su Artículo 2° declara de orden público las normas nacionales por las cuales se instrumenta o reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal, siendo este Organismo la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.

Que el Artículo 3° de la citada norma establece que será responsabilidad primaria e ineludible de toda persona física o jurídica vinculada a la producción, el velar y responder por su sanidad.

Que el contrato de leasing, regulado en los Artículos 1227 a 1250 del Código Civil y Comercial de la Nación, es una...

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