Resolución 7/2022

Fecha de publicación14 Enero 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES


Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-125760651- -APN-DDE#MTYD, las Resoluciones Nros. 227 del 1° de julio de 2021 y 2 del 6 de enero de 2022, ambas del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 227/21 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, creó el PROGRAMA DE AUXILIO PARA PRESTADORES TURÍSTICOS VI (APTUR VI), con el objeto de brindar asistencia a las personas humanas y jurídicas prestadoras de servicios turísticos, cuyas fuentes de ingresos se han visto afectadas con motivo de la emergencia pública en materia sanitaria.

Que la Resolución N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, prorrogó la asistencia prevista en la Resolución N° 227/21 de esta Cartera hasta febrero de 2022, para las personas beneficiarias del programa “APTUR VI”, que prestan servicios turísticos en los principales centros urbanos, que se encuentran entre las más afectadas, debido a los límites que deben cumplimentar los sitios con aglomeración de personas, que dependen principalmente del turismo receptivo, y que son perjudicadas por el cambio de patrones en la demanda de turistas.

Que, posteriormente, la Dirección Nacional de Crédito e Inversiones Turísticas de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO de esta Cartera, verificó que un universo de personas también responde a los parámetros establecidos para percibir la asistencia prevista en el “Programa de Auxilio a Prestadores Turísticos VI” (APTUR VI) hasta febrero de 2022, debiéndose incorporarlas al Anexo aprobado por la Resolución N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES en su Artículo 2°.

Que, asimismo, resulta necesario proceder a la publicación de la Resolución N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, correspondiendo en consecuencia modificar el Artículo 5° del referido acto administrativo.

Que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92)...

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