Resolución 698.

Fecha de disposición07 Junio 2016
Fecha de publicación07 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 698/2016

Bs. As., 31/05/2016

VISTO el expediente N° 1-2002-4638000147/16-9 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramitó la Resolución INCUCAI N° 131 de fecha 18 de abril de 2016, por la cual se aprobó ad referéndum del MINISTERIO DE SALUD, la nómina de representantes propuestos a los fines de su incorporación como miembros del Consejo Asesor de Profesionales del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) los que se detallan en el ANEXO ÚNICO que forma parte de dicha resolución.

Que si bien la mencionada resolución aprobó "ad referéndum" del MINISTERIO DE SALUD la nómina de miembros del Consejo Asesor de Profesionales, dicho acto administrativo debe ser considerado como la propuesta de designación de los integrantes del Consejo al titular de esta jurisdicción quien, conforme lo previsto por el artículo 48 inc. b) de la Ley N° 24.193 y su decreto reglamentario N° 512/95, posee la facultad de efectuar la pertinente designación.

Que resulta pertinente proceder a formalizar tales designaciones mediante el dictado de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD que así lo disponga, durando en sus funciones CUATRO (4) años, con la posibilidad de ser designados nuevamente por idénticos períodos en forma ininterrumpida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 48 inciso b) de la Ley N° 24.193 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 512/95.

Por ello;

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Desígnase como miembros del Consejo Asesor de Profesionales del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE previsto en el artículo 48, inciso b) de la Ley N° 24.193 y el Decreto N° 512/95 a las personas que se detallan en el ANEXO que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°

Regístrese, comuníquese, Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. Jorge DANIEL Lemus, Ministro de Salud.

ANEXO

NÓMINA DE PROFESIONALES DESIGNADOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ASESOR DEL INCUCAI (Ley N° 24.193, Artículo 48, inciso b).

- Dra. Marta STARCEMBAUM BOUCHEZ - HOSPITAL OFTALMOLÓGICO SANTA LUCÍA.

- Prof. Dr. Gabriel Eduardo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR