Resolución 696/2015

Fecha de disposición19 Marzo 2015
Fecha de publicación27 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33097



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 696/2015Bs. As., 19/3/2015

VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) faculta al INCAA a producir películas de cortometraje cuyos anteproyectos seleccione en llamados que realice con tal propósito.

Que el Concurso para la producción al que alude la presente resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos proyectos de cortometrajes de animación en el ámbito de la producción nacional.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido precedentemente.

Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un convenio con el INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que a tales fines se considera conducente llamar a un Concurso de Cortometrajes de Cine de Animación para directores, el cual recibirá la denominación ANIMATE.

Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa se considera oportuna la entrega de parte de la presentación del proyecto en formato digital.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en los citados concursos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Llámese al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, para directores, a presentar PROYECTOS de CORTOMETRAJES DE CINE DE ANIMACIÓN.

ARTICULO 2°

— Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015 que obra como Anexo I y los Anexos, II, III, IV y V, todos parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4°

— Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 5°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015

CAPITULO 01 DEL OBJETO Artículo 1
Artículo 1° EL INCAA, a través de la Gerencia de Fomento, convoca a directores presentantes al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, a presentar proyectos de cortometrajes de cine de animación sobre ideas originales y de temática libre, entendiéndose el mismo por técnicas 2D, CGI (3D), Stop Motion o Técnicas Mixtas.
CAPITULO 02 DE LA CONVOCATORIA Artículos 2 a 6
Artículo 2° Fíjese un período para la presentación de los proyectos, desde el 20 DE MARZO DE 2015 hasta el 22 DE JUNIO DE 2015, como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.
Artículo 3° Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG.

En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4° Los proyectos deberán presentarse con anterioridad al inicio de la producción de la animación y cumplir con las presentes Bases y Condiciones, con sus ANEXOS.

Además los proyectos que se presenten deberán contener los requisitos dispuestos en el Anexo II de la presente resolución.

Artículo 5° Los interesados presentantes podrán presentar UN (1) proyecto.

En caso de incumplimiento de lo mencionado precedentemente, el proyecto se tendrá por no presentado y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.

Artículo 6° La Gerencia de Fomento del INCAA examinará las presentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplen todos los requisitos exigidos en la presente Resolución.

En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento, se intimará a los productores presentantes a fin de que completen los requisitos faltantes dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos, a contar desde la notificación de la intimación, ello bajo apercibimiento de tener por no tener presentado el proyecto, lo que operará de pleno derecho vencido dicho plazo.

De encontrarse reunidos los...

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