Resolución 695/2019
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS |
Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019
VISTO el Expediente ENARGAS Nº 34.221, la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92 y sus modificatorios y las Resoluciones ENARGAS N° I-4355/17 y RESFC-2019-451-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Plan de Inversiones Obligatorias aprobado por la Resolución ENARGAS N° I-4355/17, la Licenciataria GASNEA S.A. solicitó distintas modificaciones mediante presentación de Nota que obra como IF-2019-06260182-APN-SD#ENARGAS.
Que en particular solicitó el adelantamiento del proyecto GNEA-Expansión-09 (EXP009) dentro del PIO correspondiente al Año 2 (1°abril 2018 al 31 de marzo 2019).
Que la Distribuidora expuso los argumentos por los cuales consideró pertinente realizar la solicitud, manifestando: “…En cuanto al adelantamiento del proyecto GNEA-Expansión-09 (AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY), el mismo se basa en el adelantamiento financiero por un monto histórico de $ 30.000.000,00. El monto planificado histórico aprobado para el año 2018 asciende a $10.000.000. Motiva lo antedicho los ahorros obtenidos en los proyectos EXP001 Y EXP002, y la postergación del proyecto SEG002…”.
Que la Gerencia de Distribución en su Informe IF-2019-56435410-APN-GD#ENARGAS, oportunamente manifestó que: “…Vistas las manifestaciones de la Licenciataria en su presentación IF-2019-06260182-APN-SD#ENARGAS y la documentación de respaldo presentada el 13/05/2019 (IF-2019-44183794-APN-SD#ENARGAS), es opinión de este equipo técnico que…el proyecto identificado como “20009_2017_01_EXP009_0 - AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY”; si bien carece de avances físicos hasta el presente, se han acreditado avances financieros (Orden de Compra N°458000016 y su anexo); motivo por el cual, resultaría viable aceptar el adelantamiento financiero del proyecto”.
Que, en virtud del análisis efectuado en el citado Informe, por medio del Artículo 2° de la Resolución RESFC-2019-451-APN-DIRECTORIO#ENARGAS se resolvió “ARTÍCULO 2°. - Aceptar el adelantamiento financiero propuesto por GASNEA S.A. en la ejecución del Proyecto: “GNEA-Expansión-09 (EXP009) AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY”, por un monto de $ 10.000.000 (PESOS DIEZ MILLONES) en virtud de encontrarse ajustado a lo previsto en la Resolución ENARGAS N° I-4355/17, ANEXO III”.
Que, con posterioridad a la publicación de la mencionada Resolución, se...
VISTO el Expediente ENARGAS Nº 34.221, la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92 y sus modificatorios y las Resoluciones ENARGAS N° I-4355/17 y RESFC-2019-451-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Plan de Inversiones Obligatorias aprobado por la Resolución ENARGAS N° I-4355/17, la Licenciataria GASNEA S.A. solicitó distintas modificaciones mediante presentación de Nota que obra como IF-2019-06260182-APN-SD#ENARGAS.
Que en particular solicitó el adelantamiento del proyecto GNEA-Expansión-09 (EXP009) dentro del PIO correspondiente al Año 2 (1°abril 2018 al 31 de marzo 2019).
Que la Distribuidora expuso los argumentos por los cuales consideró pertinente realizar la solicitud, manifestando: “…En cuanto al adelantamiento del proyecto GNEA-Expansión-09 (AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY), el mismo se basa en el adelantamiento financiero por un monto histórico de $ 30.000.000,00. El monto planificado histórico aprobado para el año 2018 asciende a $10.000.000. Motiva lo antedicho los ahorros obtenidos en los proyectos EXP001 Y EXP002, y la postergación del proyecto SEG002…”.
Que la Gerencia de Distribución en su Informe IF-2019-56435410-APN-GD#ENARGAS, oportunamente manifestó que: “…Vistas las manifestaciones de la Licenciataria en su presentación IF-2019-06260182-APN-SD#ENARGAS y la documentación de respaldo presentada el 13/05/2019 (IF-2019-44183794-APN-SD#ENARGAS), es opinión de este equipo técnico que…el proyecto identificado como “20009_2017_01_EXP009_0 - AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY”; si bien carece de avances físicos hasta el presente, se han acreditado avances financieros (Orden de Compra N°458000016 y su anexo); motivo por el cual, resultaría viable aceptar el adelantamiento financiero del proyecto”.
Que, en virtud del análisis efectuado en el citado Informe, por medio del Artículo 2° de la Resolución RESFC-2019-451-APN-DIRECTORIO#ENARGAS se resolvió “ARTÍCULO 2°. - Aceptar el adelantamiento financiero propuesto por GASNEA S.A. en la ejecución del Proyecto: “GNEA-Expansión-09 (EXP009) AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DEL GASODUCTO DE APROXIMACIÓN A VILLAGUAY”, por un monto de $ 10.000.000 (PESOS DIEZ MILLONES) en virtud de encontrarse ajustado a lo previsto en la Resolución ENARGAS N° I-4355/17, ANEXO III”.
Que, con posterioridad a la publicación de la mencionada Resolución, se...
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