Resolución 693/2019
Emisor | MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD |
Sección | Resoluciones |
Fecha de publicación | 25 Abril 2019 |
VISTO el Expediente EX 2019-14800887 -APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados. Que el derecho a la salud ha sido consagrado en convenciones internacionales de rango constitucional y de este modo la legislación nacional reconoce el carácter supremo de este derecho, cuyo respeto es condición para el ejercicio de todo otro derecho.
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que el sobrepeso y la obesidad constituyen uno de los principales problemas de salud pública del siglo XXI, y que éstos son consecuencia directa de la malnutrición.
Que por alimentación saludable se entiende aquella que aporta la energía que cada persona necesita para mantenerse sana, por lo que una alimentación variada y equilibrada debe ofrecer al organismo todos los nutrientes necesarios para su correcto crecimiento, desarrollo y funcionamiento, manteniendo el estado general del mismo.
Que la malnutrición en todas sus formas (incluyendo el sobrepeso y la obesidad) constituye uno de los principales factores de riesgo determinantes de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) como las enfermedades cardiovasculares, diabetes, cáncer, entre otras, que constituyen en la actualidad el 73% de las muertes en la República Argentina.
Que uno de los parámetros de medición mundial de alimentación adecuada es el consumo de frutas y verduras, debido al impacto que tiene su deficiencia como factor de riesgo para las ECNT.
Que la 3° Encuesta Nacional de Factores de Riesgo (2013-Ministerio de Salud de la Nación), expuso el escaso consumo de frutas y verduras de la población argentina; con un promedio de 1,9 porciones diarias por habitante, promedio que se encuentra lejos de la recomendación de 5 porciones diarias.
Que el consumo excesivo de grasas saturadas, sal y azúcares refinados, así como también el consumo de grasas trans, también está asociado al crecimiento de ECNT.
Que en Argentina, en promedio, cada habitante consume diariamente 12 gramos de sal por día, más del doble del máximo de 5 g/día de sal recomendando por la OMS.
Que según el Informe “La mesa argentina en las últimas dos décadas”, (2016-CESNI), el aporte absoluto de azúcares libres a partir de...
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados. Que el derecho a la salud ha sido consagrado en convenciones internacionales de rango constitucional y de este modo la legislación nacional reconoce el carácter supremo de este derecho, cuyo respeto es condición para el ejercicio de todo otro derecho.
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que el sobrepeso y la obesidad constituyen uno de los principales problemas de salud pública del siglo XXI, y que éstos son consecuencia directa de la malnutrición.
Que por alimentación saludable se entiende aquella que aporta la energía que cada persona necesita para mantenerse sana, por lo que una alimentación variada y equilibrada debe ofrecer al organismo todos los nutrientes necesarios para su correcto crecimiento, desarrollo y funcionamiento, manteniendo el estado general del mismo.
Que la malnutrición en todas sus formas (incluyendo el sobrepeso y la obesidad) constituye uno de los principales factores de riesgo determinantes de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) como las enfermedades cardiovasculares, diabetes, cáncer, entre otras, que constituyen en la actualidad el 73% de las muertes en la República Argentina.
Que uno de los parámetros de medición mundial de alimentación adecuada es el consumo de frutas y verduras, debido al impacto que tiene su deficiencia como factor de riesgo para las ECNT.
Que la 3° Encuesta Nacional de Factores de Riesgo (2013-Ministerio de Salud de la Nación), expuso el escaso consumo de frutas y verduras de la población argentina; con un promedio de 1,9 porciones diarias por habitante, promedio que se encuentra lejos de la recomendación de 5 porciones diarias.
Que el consumo excesivo de grasas saturadas, sal y azúcares refinados, así como también el consumo de grasas trans, también está asociado al crecimiento de ECNT.
Que en Argentina, en promedio, cada habitante consume diariamente 12 gramos de sal por día, más del doble del máximo de 5 g/día de sal recomendando por la OMS.
Que según el Informe “La mesa argentina en las últimas dos décadas”, (2016-CESNI), el aporte absoluto de azúcares libres a partir de...
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