Resolución 69 - E. Modificación. Resolución Nº 353\/2014.

Fecha de disposición16 Diciembre 2016
Fecha de publicación16 Diciembre 2016
SecciónResoluciones

Resolución 69 - E/2016

Modificación. Resolución Nº 353/2014.

Buenos Aires, 15/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-04562952-APN-DDYME#MP, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014 y 505 de fecha 23 de marzo de 2016, y la Resolución N° 353 de fecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 606 de fecha 28 de abril de 2014 se creó el Fondo Fiduciario Público denominado "Fondo para el Desarrollo Económico Argentino" (FONDEAR), con el objeto de facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que, en tal sentido, se creó por un plazo de TREINTA (30) años un FONDO FIDUCIARIO PUBLICO financiero y de administración que regirá en todo el territorio nacional.

Que por Artículo 5° del citado decreto se determinó que los bienes fideicomitidos que conformarán el patrimonio del citado FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO se destinarán a financiar proyectos en sectores estratégicos, proyectos de apoyo a producciones innovadoras y proyectos de economías regionales, con los alcances establecidos en el Artículo 6° del mencionado decreto.

Que por el Artículo 5º del Decreto Nº 505 de fecha 23 de marzo de 2016, se designó a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº 606/14, pudiendo dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, modificatorias, complementarias y sanciones que resulten pertinentes.

Que la administración del Fideicomiso y la instrumentación de los financiamientos han sido encomendadas a NACIÓN FIDEICOMISOS S.A. en su carácter de Fiduciario, de conformidad con las instrucciones a impartir por la Autoridad de Aplicación en el marco del Contrato de Fideicomiso.

Que por el Artículo 8° de la Resolución N° 353 de fecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el COMITÉ EJECUTIVO creado por el Decreto N° 606/14 tiene entre sus funciones y atribuciones, establecer la tasa de interés que se aplicará a los préstamos destinados a empresas en situaciones críticas.

Que, en este sentido, corresponde establecer el tratamiento que recibirán las empresas en situaciones críticas para ser susceptibles de ser beneficiarias de préstamos otorgados a través del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 505/16.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Sustitúyese el Artículo 2º de la Resolución Nº 353 de fecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2°.- Establécese que no podrán ser destinatarios de los beneficios del FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR) quienes se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

a) Las personas humanas y/o jurídicas que al...

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