Resolución 69.

Fecha de disposición18 Marzo 2016
Fecha de publicación18 Marzo 2016
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho de las Nuevas Tecnologías
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 69/2016

Bs. As., 11/03/2016

VISTO el Expediente N° S04:0008872/2016 del registro de este Ministerio, la Ley N° 26.388, las Resoluciones conjuntas ex MREyC N° 339 y MJyDH N° 164 del 4 de marzo de 2005, y JGM N° 866 y MJyDH N° 1500 del 5 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el Visto se modificó el CODIGO PENAL al que se le incorporaron nuevos tipos de delitos vinculados con la criminalidad informática.

Que la tecnología informática y de las telecomunicaciones es un factor fundamental del desarrollo social y económico de las sociedades modernas.

Que el problema de los delitos informáticos y la complejidad de su prevención e investigación han aumentado considerablemente en los últimos años generando preocupación tanto a nivel nacional como internacional y configurando una amenaza tanto para el Estado como para la seguridad de los ciudadanos que se ve afectada por conductas que lesionan de manera grave bienes jurídicos diversos como la integridad sexual de menores, la intimidad de datos personales, la propiedad, la libertad de comunicación y expresión, la seguridad de las infraestructuras críticas del Estado y la distribución de contenidos xenófobos o racistas entre otros.

Que los avances de la informática y de las telecomunicaciones se han convertido también en una herramienta de apoyo fundamental para el avance de formas de criminalidad organizada compleja como el narcotráfico, terrorismo, trata de personas y lavado de activos, entre otros.

Que los desafíos que presentan estas nuevas modalidades delictivas y su posible utilización para favorecer o encubrir la comisión de todo tipo de delitos tienen ribetes inéditos para nuestro sistema penal y requieren de una adecuada articulación tanto de medidas internas, como de acciones de cooperación internacional y con empresas del sector privado.

Que resulta un objetivo fundamental poder dar respuestas a estos fenómenos, proveyendo al sistema de justicia penal de los elementos necesarios para su investigación eficiente, pero al mismo tiempo garantizando que las nuevas herramientas de investigación no signifiquen un menoscabo para las garantías individuales de los ciudadanos.

Que sin perjuicio de los esfuerzos realizados por distintas dependencias del Estado en los últimos tiempos, resulta conveniente la coordinación de esfuerzos a través de un programa que tenga como eje central...

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