Resolución 69/2021

Fecha de publicación18 Febrero 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2021

VISTO el Expediente EX-2021-00826919-APN-DGRRHH#MSG, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y modificatorio y 328 del 31 de marzo de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 72 del 2 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el VISTO tramitan las prórrogas de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de la Jurisdicción.

Que por razones de índole operativa, no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 se facultó a los/as Ministros/as, Secretarios/as de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios/as de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 328/20 se autorizó a los/as Ministros/as, a los/as Secretarios/as de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, no pudiendo exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que por el Decreto citado precedentemente se estableció que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que existe crédito suficiente en el presupuesto de la Jurisdicción, para hacer frente al gasto que demande la medida que se propicia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia, sin oponer objeciones a la presente.

Que la suscripta es competente para el dictado de esta medida, en virtud de las facultades contempladas en los artículos 3° del Decreto Nº 1035/18 y 1° del Decreto 328/20.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dense por prorrogadas, a partir del 29 de diciembre de 2020 –fecha de sus vencimientos- y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles...

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