Resolucion 688

Fecha de disposición08 Agosto 2007
Fecha de publicación08 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31213

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo Colectivo suscripto por la UNION GREMIALARGENTINA DE TRABAJADORES SANITARIOS (UTGATS) por la parte gremial, la CAMARAARGENTINA DE LAS INSTALACIONES PARA FLUIDOS (CAIF) y el CENTRO DE CONSTRUCTORES Y ANEXOS (CCYA) por la parte empresaria, obrante a fojas 377/378 del Expediente Nº 1.193.519/06.

Que mediante el acuerdo citado los agentes negociales establecen nuevas escalas salariales vigentes a partir del 1º de mayo de 2007 para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 480/06 del cual resultan partes signatarias.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo suscripto por la UNION GREMIALARGENTINA DE TRABAJADORES SANITARIOS (UTGATS), por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE LAS INSTALACIONES PARA FLUIDOS (CAIF) y el CENTRO DE CONSTRUCTORES Y ANEXOS (CCYA) por la parte empresaria, obrante a fojas 377/378, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presenteAcuerdo obrante a fojas 377/378 del Expediente Nº 1.044.106/01.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.044.106/01

Buenos Aires, 18 de julio de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 686/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 377/378 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 802/07. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.044.106/01

En la ciudad de Buenos Aires el primer día del mes de junio del año 2007, siendo las dieciocho horas, se reúnen por una parte los señores Ricardo ROTHLISBERGER, Secretario General; Antonio Salvador MENDOZA, Secretario Adjunto y Felipe José VARACALLI, Secretario Gremial en representación de la UNION GREMIALARGENTINA DE TRABAJADORES SANITARIOS, en adelante UGATS, y por la otra parte los señores: Ing. Leonardo Jorge SOLER, Presidente; Luis VOMMARO, Tesorero y Leandro Carlos CAAMAÑO, Gerente, en representación de la CAMARAARGENTINA DE LAS INSTALACIONES PARA FLUIDOS, en adelante CAIF, y los señores Paritarios: Leandro Carlos CAAMAÑO,

Daniel Jose TROCHE, José Osvaldo GARCIA, Víctor Angel CAVAGNA y José Camilo TROCHE, en representación del CENTRO CONSTRUCTORES Y ANEXOS, en adelante CCYA, expresan que:

1) Acuerdan los siguientes salarios básicos aplicables a las distintas categorías del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 480/06, desde el 1º de Mayo de 2007 hasta el 30 de Junio de 2007

Categorías Conceptos Oficial Oficial Medio Ayudante Especializado Oficial Jornal básico por día Artículo Nº 15 $ 68,80 61,71 51,05 43,96

Presentismo efectivo 20% Artículo Nº 16 $ 13,76 12,34 10,21 8,79

Total $ 82,56 74,05 61,26...

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