Resolución 6878 - E.

Fecha de disposición29 Septiembre 2016
Fecha de publicación29 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 6878 - E/2016

Buenos Aires, 23/09/2016

VISTO el Expediente Nº 9364/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que en el marco de sus funciones, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá mantener una política pública de acción rápida y eficaz que establezca un sendero racional en el desarrollo del sector, adaptando la regulación a los requerimientos del sector y la sociedad y colaborando en el reordenamiento del mercado de las comunicaciones.

Que en las actuaciones del Visto documentan la voluntad del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL de desarrollar, en conjunto con este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, estudios experimentales de herramientas y/o dispositivos de conectividad y proporcionar información sobre la creación y/o confección y/o funcionamiento de herramientas y/o dispositivos de conectividad, en cualquier tipo de formato, entre otras cuestiones.

Que, en este sentido, surge la voluntad del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL de generar un Convenio Marco de Cooperación y Asistencia a los efectos de ser suscripto por ambos organismos.

Que en el marco del Convenio referido ut supra, se propuso con el objeto de bridarse colaboración mutua y asistencia técnica e investigativa en el ámbito de las competencias de ambos organismos, procurando satisfacer los propósitos inherentes a sus objetivos institucionales.

Que los objetivos enunciados por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL son concordantes con los objetivos de este Ente Nacional de Comunicaciones.

Que las áreas técnicas competentes del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES han tomado intervención.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta Nº 10 del 18 de agosto de 2016.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Decreto N° 267/15 y el Acta de Directorio N° 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 05 de enero 2016.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Apruébese la suscripción del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE EL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Y EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, que como Anexo IF-2016-01617421-APN-ENACOM#MCO forma parte en un todo de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

ANEXO

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE EL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Y EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día XXXX del mes de XXXXXX de 2016, entre el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, representado en este acto por el Sr...

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