Resolución 476/2009

Fecha de la disposición15 de Octubre de 2009

Registro Nº 376/2009

Bs. As., 17/4/2009

VISTO el Expediente Nº 1.307.770/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/2 vta. del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y las empresas INTERMAR BINGOS SOCIEDAD ANONIMA, INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que lo convenido por las partes es la asignación de una suma no remunerativa de DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 250) en forma uniforme para todos los trabajadores dependientes de jornada completa y que hayan ingresado con anterioridad al 01/01/08.

Que dicha suma será abonada en forma proporcional a los meses trabajados o al tiempo de jornada que redicen habitualmente, a aquellos trabajadores que hayan ingresado con posterioridad al 01/01/08 o que se encuentren comprendidos en jornadas parciales o reducidas, respectivamente.

Que el pago será abonado y acreditado el 23 de diciembre de 2008 en las cuentas en las que cada trabajador percibe su salario.

Que por otra parte, establecen que el acuerdo traído a estudio se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/04. Todo ello conforme surge del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su persone la gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la presentación que invocan con la documentación agregada en autos a fojas 3/12, 14/23, 25/32, 34/41, 43/52, 54/61 y 63/64 y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo a foja 65.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y las empresas INTERMAR BINGOS SOCIEDAD ANONIMA, INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA,

IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/2 vta. del Expediente Nº 1.307.770/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entrada y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/2 vta. del Expediente Nº 1307.770/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debida ente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/04.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...

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