Resolución 870/2009

Fecha de publicación14 Octubre 2009
Fecha de disposición14 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31758

AVISOS OFICIALES Nuevos AutoridAd regulAtoriA NucleAr depeNdieNte de lA presideNciA de lA NAcioN resolución Nº 160/2009

Bs. As., 28/9/2009

VISTO el trámite de solicitud de Renovación y/o Modificación de permisos individuales, lo actuado por la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), la Ley Nacional de Actividad Nuclear Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, la Norma AR 7.11.2, Revisión 0, y CONSIDERANDO:

Que la Norma 7.11.2, Revisión 0, establece requisitos para solicitar 'Permisos Individuales para Operadores de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales'.

Que el Criterio 10 de la norma citada precedentemente dispone: 'El solicitante de un permiso individual debe ser mayor de VEINTIUN (21) años, poseer como mínimo estudios secundarios completos con una duración no menor a CINCO (5) años.' Que el señor Rolando Raúl RICOTTI no da cumplimiento al requisito citado en el considerando precedente, dado que no cuenta con título de estudios secundarios completos.

Que conforme las opiniones vertidas por la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III, el señor Rolando Raúl RICOTTI ha demostrado tener la capacitación, el entrenamiento y los conocimientos teórico-prácticos suficientes que acreditan su idoneidad, y que permiten soslayar el requisito establecido en el Criterio Nº 10 de la Norma AR 7.11.2.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES en su Reunión Nº 772 ha recomendado dar curso favorable al trámite de solicitud del señor Rolando Raúl RICOTTI.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS verificó el cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de la presente solicitud.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS y la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 22 y 16, incisos b) y c) de la Ley Nº 24.804.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Otorgar, con carácter de excepción, el permiso individual correspondiente a la Reunión del CAAR Nº 772 que se detalla a continuación:

EXPTE. RENOVACION DE PERMISO INDIVIDUAL CAAR 772 ACT.

03355-IN ROLANDO RAUL RICOTTI 9.0.2 - USO DE FUENTES RADIACTIVAS DE MEDICION INDUSTRIAL 02

ARTICULO 2º

Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA DE...

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