Resolución 2/2009
Fecha de la disposición | 13 de Octubre de 2009 |
· Departamento de Relaciones Interinstitucionales: tiene como objetivo brindar un marco de referencia para el intercambio y la cooperación educativa con otras Instituciones nacionales y extranjeras, asesorando a través de la Secretaría Académica al Rector sobre la factibilidad de entablar relaciones con otras Instituciones e instrumentar operativamente la ejecución de las mismas.
· Departamento de Información y Documentación: es su objeto la búsqueda, el almacenamiento, la sistematización y recuperación de la información científica y la organización de la producción institucional.
El Rector podrá crear nuevos Departamentos de Gestión o modificar los existentes con la aprobación del Consejo Académico.
Las actividades de Posgrado están organizadas en Cursos, Carreras de Especialista, Maestrías y Doctorados.
El mismo deberá ser propuesto por el Director del Departamento de Grado o de Posgrado, según corresponda.
· organizar y regular las actividades docentes de su carrera de acuerdo con los requerimientos científicos y pedagógicos de su incumbencia;
· coordinar la labor docente de los distintos profesores de los cursos de la carrera, con el objeto de alcanzar dimensiones y profundidad de estudios compatibles entre ellos y adecuados a las políticas de estudio vigentes;
· elevar al Rector propuestas de cambio de planes de estudio o de organización de su Carrera cuando consideren necesario o pertinente su consideración;
· supervisar el desarrollo de los cursos, labor docente y desempeño académico y disciplinario de los alumnos;
· liderar los procesos de autoevaluación anuales de la carrera que dirige.
La Fundación proveerá de los recursos necesarios para el desenvolvimiento del Instituto Universitario Escuela de Medicina y administrará los que perciba de Instituciones públicas y privadas, personas físicas, tales como donaciones, y otros.
La fundación, en su calidad de propietaria y administradora de los recursos tendrá a su cargo todos los aspectos legales, contables y administrativos y de aprobación del presupuesto.
La Fundación actuará a través del Rector del Instituto Universitario Escuela de Medicina, quien será asesorado por el Secretario Administrativo en la ejecución del presupuesto.
Las fuentes de recursos del Instituto son las siguientes:
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El ingreso por matrícula y aranceles que abonen los alumnos
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Las contribuciones y subsidios que provengan de la Nación, Provincias, Organismos oficiales o privados, Fundaciones, Personas Físicas o Jurídicas, etc;
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Las rentas percibidas por publicaciones, concesiones y otras actividades;
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Los derechos, aranceles o tasas que perciba como retribución de los servicios que presta;
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Los derechos de explotación de patentes de invención o derechos intelectuales que pudieran corresponderle por trabajos realizados en el seno del Instituto Universitario;
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Todo otro recurso que eventualmente pudiere crearse.
El Consejo de Administración de la Fundación aprobará anualmente el presupuesto de gastos necesarios para el funcionamiento del Instituto Universitario y dispondrá anualmente por intermedio del Rector del valor de las matrículas y aranceles de estudios.
MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 369/2009
Apruébase el Instructivo para la Contratación de Obras de Infraestructura Escolar mediante el procedimiento de Concurso de Precios.
Bs. As., 30/9/2009
VISTO el Instructivo para la Contratación de Obras de Infraestructura Escolar aprobado por la Resolución Ministerial Nº 515 del 26 de mayo de 2008, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución del Visto sólo previó como procedimientos...
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