Resolución 68.
Emisor | ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD |
Fecha de la disposición | 1 de Febrero de 2017 |
Resolución 68/2017
Buenos Aires, 31/01/2017
VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 47.306/2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA N° 196 de fecha 27 de septiembre de 2016 se instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) para que lleve a cabo todos los actos que fueran necesarios a efectos de proceder a la Revisión Tarifaria Integral (RTI) de las Empresas Transportistas de Energía Eléctrica, la que debe entrar en vigencia antes del 31 de enero del año 2017.
Que la Revisión Tarifaria Integral del Transporte de Energía Eléctrica correspondiente a la EMPRESA ARGENTINA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO) se enmarca en el ACTA ACUERDO DE RENEGOCIACIÓN CONTRACTUAL suscripta entre la Ex - UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS (UNIREN) y dicha empresa, que fuera ratificada por Decreto N° 1.464/2005.
Que con el objeto de cumplir con la instrucción impartida por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, el ENRE, mediante su Resolución Nº 524 de fecha de 28 de septiembre 2016, aprobó el Programa para la Revisión Tarifaria del Transporte de Energía Eléctrica en el año 2016, que establece los criterios y la metodología para el proceso de la RTI y el consecuente plan de trabajo.
Que asimismo, por Resolución ENRE Nº 552 de fecha 22 de octubre de 2016 y su Similar rectificatoria N° 580 de fecha 9 de noviembre de 2016, el ENRE aprobó el régimen de afectación de sanciones por calidad objetivo, que será aplicado para el cálculo de las sanciones por incumplimiento a las obligaciones previstas en el régimen de calidad de servicio y sanciones del Sistema de Transporte, tanto en Alta Tensión como por Distribución Troncal, así como el cálculo para la aplicación de sanciones en la supervisión de la operación y el mantenimiento del equipamiento de sus Transportistas Independientes.
Que a su vez, mediante la Resolución ENRE N° 553 de fecha 26 de octubre de 2016 el ENRE resolvió aprobar la tasa de rentabilidad en términos reales y después de impuestos que las TRANSPORTISTAS deberán tener en cuenta para la determinación de sus ingresos.
Que teniendo en consideración los "Criterios para la Presentación de la Propuesta Tarifaria" aludidos en los Considerandos precedentes, la empresa concesionaria DISTROCUYO mediante Nota de Entrada N° 235.472 de fecha 3 de noviembre de 2016 y Nota de Entrada N° 235.917 de fecha 14 de noviembre de 2016, ha presentado su respectiva propuesta tarifaria. La que obra en el Expediente mencionado en el VISTO.
Que habiéndose cumplido las etapas previstas en el plan de trabajo establecido en la Resolución ENRE N° 524 de fecha 28 de septiembre de 2016, mediante la Resolución ENRE N° 602 de fecha 21 de noviembre de 2016, modificada por su Similar N° 616 de fecha 2 de diciembre de 2016, se convocó a la realización de una Audiencia Pública, con fecha 14 de diciembre de 2016, a los efectos de dar tratamiento a la Propuesta Tarifaria para la Revisión Tarifaria Integral presentada por DISTROCUYO.
Que la Audiencia Pública se rigió de conformidad con el procedimiento establecido por Decreto N° 1.172 de fecha 3 de Diciembre de 2003, receptado por la Resolución ENRE N° 30 de fecha 15 de enero de 2004.
Que, en efecto, la Resolución ENRE N° 30/2004 adoptó como Reglamento de Audiencias Públicas el "Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional" y el "Formulario de Inscripción para Audiencias Públicas del Poder Ejecutivo Nacional" que, como Anexos I y II, forman parte integrante del Decreto N° 1.172/2003.
Que la Audiencia Pública se realizó en el "Auditorio Ángel Bustelo", sito en Av. Peltier 611, Ciudad de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, el día 14 de diciembre de 2016, a las 9 horas.
Que en primer lugar DISTROCUYO señala, con relación a los costos de Administración y Explotación (O&M), que ha vivido una situación irregular originada en las restricciones tarifarias del período de transición.
Que estas restricciones se han hecho manifiestas en varios aspectos del funcionamiento de la organización, destacándose principalmente lo referente a la planta de personal (cantidad de personal y jerarquización del mismo) y a la frecuencia de las actividades de mantenimiento necesarias para la correcta operación.
Que para cumplir el objetivo de mantener la calidad de servicio en las condiciones exigidas, DISTROCUYO proyecta un incremento del plantel de personal, y también una mayor cantidad y uso de equipos, consumibles, servicios y demás costos asociados a la tarea de Operación y Mantenimiento.
Que asimismo, destaca que no es posible concretar durante el próximo período tarifario las deseadas ganancias de eficiencia que permitirían tener un esquema de costos decrecientes, dado que el próximo período será un período de readecuación del funcionamiento.
Que para proyectar los costos del próximo quinquenio, la empresa ha realizado el ajuste de los valores de 2015 (informados oportunamente) por medio de un coeficiente que tiene la siguiente metodología de cálculo: los costos incurridos en el 2015 (presentados al ENRE como datos históricos 2015) por estar expresados en monedas de diferentes momentos, se homogeneizan a valores de diciembre del mismo año; este cálculo se realiza como una ponderación de la inflación mensual de 2015 en función de los costos para cada período, resultando un coeficiente de CATORCE COMA CINCO POR CIENTO (14,5%).
Que los valores actualizados a diciembre de 2015 se actualizan a diciembre de 2016 mediante la aplicación de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nivel general del año 2016 extraído del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina (octubre 2016) igual a TREINTA Y NUEVE COMA CUATRO POR CIENTO (39,4%).
Que una vez actualizados todos los montos, se realiza el cálculo de las cantidades incrementales necesarias para el correcto cumplimiento del contrato. Todos los valores están expresados en moneda de diciembre de 2016.
Que a continuación se resume la proyección por línea de costos propuesta por la empresa.
Que en lo referido a personal, para contar con la capacidad operativa requerida, fundamentalmente para el desarrollo adecuado de los Planes de Mantenimientos, DISTROCUYO presenta un incremento del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) en su plantilla, llevando el plantel promedio de personal 2015 de 112 (la cantidad a diciembre era de 107 impactado por bajas) a 140 personas al final del segundo año, manteniéndolo así hasta el final del período.
Que en este sentido, señalan que se incorporará un responsable de mantenimiento de LATs y las Estaciones Transformadoras (EETT) en zona Centro, con el objetivo de coordinar los grupos de mantenimiento de las distintas disciplinas en la concreción de las labores de los planes de Mantenimiento para Líneas de AT, Estaciones Transformadoras, Protecciones, Comunicaciones, Automatismos y Telecontrol.
Que también incorporarán una cuadrilla (4 ingresos) dedicada a tiempo completo en trabajos con Tensión, que permitan minimizar el tiempo de indisponibilidad del equipamiento en Líneas de AT, con la consecuente mejora en la calidad de servicio, teniendo en cuenta lo exigido en la nueva Resolución N° 580/2016 del ENRE en cuanto a la Calidad de Servicio.
Que además completarán el equipo de mantenimiento de estaciones y guardia móvil (6 nuevos ingresos), el equipo de Protecciones (2 nuevos ingresos) y el staff de telecontrol y comunicaciones (2 nuevos ingresos).
Que también señala la incorporación de un responsable de ejecución de Plan de Inversiones, 2 asistentes y uno de Planificación y Control (4 nuevos ingresos), para poder gestionar el volumen de trabajo derivado del plan de inversiones solicitado, de manera de lograr en forma concreta y efectiva el cumplimiento de lo solicitado; un responsable de seguridad y salud ocupacional (1 nuevo ingreso en el primer año) y dos operadores de equipos (2 nuevos ingresos en el primer año).
Que asimismo consideran reforzar su plantel de personal, incorporando en otros a un responsable de Ingeniería Regulatoria, un Asistente de Asuntos Legales y un responsable de Calidad.
Que en función de los aumentos de personal previstos, el costo anual proyectado en este rubro para 2017 asciende a $ 93,4MM, en 2018 $ 100,7MM, y en 2019/2021 $ 100,72MM, en moneda de diciembre 2016.
Que en cuanto a los honorarios señalan que están compuestos por varios tipos de servicios: i) aquellos que atienden al mantenimiento de estándares y normas certificadas tales como Seguridad Pública, Calidad, Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente; ii) los contratados en forma de consultoría externa para el asesoramiento en cuestiones estratégicas, legales, de sanidad y seguridad ocupacional y medicina preventiva; y iii) los correspondientes a la auditoría de los estados contables anuales y los servicios de asesoramiento...
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