Resolución 68/2022

Fecha de publicación02 Agosto 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA


Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2022

VISTO el Expediente EX-2022-73702254- -APN-DASU#MDS, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus normas modificatorias, la Ley Nº 27.453 y su modificatoria Nº 27.488, la ley 21.499 y sus normas modificatorias, los Decretos N° 2670 del de diciembre de 2015, Nº 358 del 22 de mayo de 2017, Nº 789 del 25 de noviembre de 2019, 819 del 05 de diciembre de 2019, Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, N° 880 del 23 de diciembre de 2021 y sus normas modificatorias, y la Resolución MDS 483 del 19 de mayo de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios, y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que, adicionalmente, la norma referida en el considerando anterior establece como competencia específica de esta Cartera Ministerial la de entender, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de integración socio urbanos de los Barrios Populares identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) creado por el Decreto No 358/17.

Que el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y sus modificatorios y complementarios, en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales, determinó las responsabilidades de las diferentes áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL, aprobando el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de esas Unidades Organizativas.

Que, asimismo, establece que la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA tiene entre sus objetivos entender en el diseño y la implementación de políticas de rehabilitación, integración socio-urbana y desarrollo territorial; entender en la transformación social y urbana de barrios y áreas vulnerables, mediante un abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano de sus comunidades; entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en el...

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