Resolución 68/2021

Fecha de publicación26 Abril 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA


Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2021

VISTO el Expediente Nº 45/2021/INAMU, la Ley N.º 26.801, la Resolución N.º 183/16/INAMU, la Resolución N.º 24/21/INAMU, la Resolución N.º 32/21/INAMU, la Resolución N.º 123/19/INAMU, la Resolución N.º 128/19/INAMU, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N.º 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, cuyo objetivo es el fomento, apoyo, preservación y difusión de la actividad musical en general y la nacional en particular.

Que el artículo 5 de la mencionada ley, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, como ente público no estatal, se rige por el estatuto y reglamento interno que elabore el directorio y apruebe la asamblea federal y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones.

Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA la de promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en la ley y, b) proteger la música en vivo, coordinando y fomentando los establecimientos con acceso al público donde se realice habitualmente actividad musical, en especial los centros culturales, clubes de música, bares culturales, auditorios, peñas, festivales, festividades tradicionales y espacios no convencionales de música en nuestro país”.

Que mediante la Resolución N.º 183/16/INAMU se crea el Registro de la Actividad Musical donde se encuentran inscriptos los establecimientos donde se desarrolla música en vivo.

Que el artículo 2° inciso 5) del Estatuto aprobado por Resolución N.º 123/19/INAMU, establece que se entenderá como fomento a la actividad musical, entre otros, “el financiamiento de la infraestructura de los establecimientos vinculados a los objetivos de la Ley 26.801”.

Que por su parte, entre las funciones del Directorio, conforme el artículo 9° inciso g) del mismo plexo normativo, se encuentra la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a tal fin.

Que ante la situación de emergencia económica generada por las restricciones establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional a raíz de la pandemia generada por el virus COVID-19, el Ministerio de Cultura de la Nación y el INAMU pusieron...

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