Resolución 68/2020

Fecha de publicación21 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA


Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2020

VISTO el Expediente N.° EX-2020-61230430-APN-DNSAYFD#JGM, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N.º 438/92) y sus modificatorias, las Leyes Nros. 25.506 y su modificatoria, 27.446 y 27.541, los Decretos Nros. 182 del 11 de marzo de 2019, 892 del de noviembre de 2017, 50 del 19 de diciembre de 2019, 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Resolución de la (ex) SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227 del 21 de octubre de 2010, la Resolución de la (ex) SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 2 del 14 de enero de 2019 y la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA N° 15 del 19 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 y modificatoria legisló sobre la firma electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Decreto Nº 182 del 11 de marzo de 2019, reglamentario de la ley antes citada, reguló el empleo de la firma electrónica y la firma digital y su eficacia jurídica, asignando competencias a la Autoridad de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.

Que la Resolución de la (ex) SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227 del 21 de octubre de 2010 otorgó la licencia a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN para operar como Certificador Licenciado y aprobó la “Política de Certificación para Personas Físicas de Entes Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con el Estado” de la Autoridad Certificante de dicha OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN - AC ONTI.

Que la Resolución de la (ex) SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 2 del 14 de enero de 2019 aprobó la “Política Única de Certificación v3.0” para la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN AC ONTI.

Que la “Política Única de Certificación v 3.0” para la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN AC ONTI establece, entre otras cuestiones, que la Autoridad de Registro siempre exigirá la presencia física del suscriptor.

Que la Ley N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que...

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