Resolución 2156/2009

Fecha de disposición09 Octubre 2009
Fecha de publicación09 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31755

ANEXO II PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERAN AJUSTARSE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES PARA LA AUTORIZACION DE MISIONES AL EXTERIOR

ARTICULO 1º El Formulario de Comunicación de Viajes y Misiones Oficiales al Exterior debe ser recibido por la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con al menos CINCO (5) días de antelación a la fecha prevista para el inicio de toda misión oficial en el exterior, la que gestionará el trámite, según corresponda.
ARTICULO 2º Cuando se requiriera información adicional, las jurisdicciones o entidades solicitantes deberán cumplimentarla en el día en que se efectúa tal requerimiento o en el siguiente hábil.
ARTICULO 3º Las solicitudes de comunicación de viajes y misiones oficiales al exterior serán devueltas a los organismos u entidades requirentes con constancia de lo decidido por el titular de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, concluyendo el trámite correspondiente a tal comunicación.

Toda comunicación, salvo la que amplíe la información a requerimiento de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tramitará individualmente.

ARTICULO 4º

Cuando la comunicación fuera ingresada vencido el término establecido en el artículo 1º del presente Anexo II, pero antes del inicio del viaje, se dará trámite urgente al procedimiento, pudiendo limitarse, en el supuesto de estar debidamente acreditada la urgencia, la responsabilidad establecida en el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 348/09, de mediar conformidad de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 5º Cuando resulte de aplicación el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 348/09, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a requerimiento del organismo o entidad emitirá una certificación al efecto.
  1. 09/10/2009 Nº 88959/09 v. 09/10/2009 INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución Nº 2156/2009

Bs. As., 5/10/2009

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001) y el Artículo 3º de la Resolución Nº 1884/08-INCAA, y CONSIDERANDO:

Que el...

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