Resolución 348/2009
Fecha de publicación | 08 Octubre 2009 |
Fecha de disposición | 08 Octubre 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31754 |
FALLECIMIENTO DE FAMILIAR Esposa e Hijos $ 600.SUMA NO REMUNERATIVA Por día trabajado $ 7.Para ser acreedor a la suma no remunerativa se deberá trabajar 5 horas efectivas por día.
Expediente Nº 1.282.132/08
En la Ciudad de Buenos Aires a los 19 días del mes de febrero de 2009, siendo las 12,30 horas, en el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, comparecen ante mí, Dr. Adalberto Vicente Días, Secretario del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, los Sres. Héctor Francisco DE LEON con L.E. 4.889.416 en su carácter de Secretario General, y José Alberto KERSUL con D.N.I. 13.786.369 en su carácter de Secretario Adjunto manteniendo domicilio constituido calle Tucumán Nº 1748 Piso 5º Of. 11 de la C.A.B.A. (T.E. 42224086) en representación del SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, junto Antonio Bartolomé ROMERO con D.N.I.
13.331.691 integrante de la comisión interna por una parte y por la otra, el Sr. Elías HAJTMACHER con D.N.I. 11.734.140 en su carácter de Presidente tal como lo acredita con la documentación que en fotocopia adjunta en este acto, manteniendo el domicilio constituido en calle Timoteo Gordillo Nº 2339 (4654-8096) en representación de EL GALGO S.A.
Cedida la palabra a las partes de común acuerdo manifiestan que venimos a dar cumplimiento con el dictamen de fs. 36/38, haciendo saber a esta Autoridad de Aplicación que en relación a los Ticket Alimentarios, se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Ley 26.341, ya que la suma asignada a los Tickets alimentarios ha sido incorporado el carácter remunerativo de acuerdo a lo que la norma específica establece. Asimismo cumplimos en comunicar que se encuentra garantizada para todas las categorías laborales la percepción del Salario Mínimo Vital y Móvil fijado por Resolución Nº 3/08 del consejo Nacional del Empleo, la productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil. Dejamos expresa constancia que las partes nos regimos por el CCT. Nº 146/75 (rama pinceles) el cual tiene alcance y representatividad a nivel nacional.
Sin más, siendo las 13,30 horas, se levanta la audiencia firmando las partes ante mí, que certifico.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 348/2009
Registro Nº 270/2009
Bs. As., 19/3/2009
VISTO el Expediente Nº 1.309.342/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 6/8 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS, por la parte gremial y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo las...
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