Resolución 679/2020
Fecha de publicación | 22 Diciembre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES CONSEJO SUPERIOR |
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO
Las Resoluciones RESCS-2019-1-UBA-REC, REREC-2020- 738-UBA-REC, ratificada por RESCS-2020-232-UBA-REC, el “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017”, aprobado por Decreto N° 894/2017 y la necesidad establecer las regulaciones para el procedimiento de los trámites administrativos y expedientes electrónicos vigentes en la Universidad, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución RESCS-2019-1-UBA-REC se implementó el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes electrónicos de la Universidad de Buenos Aires.
Que, desde su implementación a la fecha, se han incrementado considerablemente los trámites administrativos habilitados para el uso del módulo de expediente electrónico del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y las dependencias de la Universidad que le utilizan, tornándose necesario establecer la regulación específica de procedimientos en la materia.
Que por Resolución REREC-2020-738-UBA-REC, ratificada por RESCS-2020-232-UBA-REC se estableció que toda presentación y/o solicitud a esta Universidad deberá ser realizada a través de la plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de Buenos Aires”, https://tramitesadistancia.uba.ar mediante el trámite “Mesa de Entrada de Rectorado y Consejo Superior” y por su artículo 2° se establecieron excepciones.
Que el “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017” actualizó la reglamentación a fin de contemplar el avance de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y su uso en los procedimientos administrativos.
Que, en tal sentido, y de acuerdo a las incorporaciones y sustituciones del texto el “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017” dispone, entre otras cuestiones, acerca de la tramitación en la administración pública de los expedientes electrónicos.
Que la Constitución Nacional de la República Argentina garantiza la autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales, Artículo 75 inciso 19, otorgándole a esta Universidad un ámbito de autodeterminación que permite dictar sus propias normas.
Que dentro de la Universidad existen reglamentos y procedimientos que regulan específicamente sobre determinadas materias.
Que, dentro del marco de la autonomía y autarquía de esta Universidad, resulta necesario, establecer la normativa a la que...
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