Resolución 302/2009

Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2009

CONSIDERANDO:

Que a foja 6 del Expediente Nº 1.303.117/08, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DERIVADOS Y AFINES (Rosario), el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO --SANTA FE--, por la parte trabajadora y, por la parte empleadora, la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo se establece, sustancialmente, otorgar una gratificación extraordinaria, no remunerativa y por única vez al personal comprendido en las categorías ING,

A, B, C, D y E del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 993/08 'E', del que son sus signantes conjuntamente con la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en las sumas en él consignadas para cada categoría.

La gratificación extraordinaria convenida será abonada en oportunidad de liquidarse la remuneración correspondiente al mes de Noviembre de 2008.

Que, es dable señalar, que la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha ratificado en todos sus términos lo acordado.

Que, asimismo es menester indicar, que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación de lo pactado, quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia de la representatividad de los agentes negociales firmantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DERIVADOS Y AFINES (Rosario), el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO --SANTA FE--, por la parte trabajadora y, por la parte empleadora, la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 6 del Expediente Nº 1.303.117/08, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a foja 6 del Expediente Nº 1.303.117/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.303.117/08

Buenos Aires, 13/3/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 300/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 238/09. -VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL En la ciudad de Rosario a los 4 días del mes de noviembre del año 2008 se reúnen, constituyendo la Comisión Paritaria Permanente instituida en el artículo 9 del Convenio Colectivo, los representantes de los Sindicatos de Trabajadores de la Industria del Gas Natural, Derivados y Afines de Rosario y de Santa Fe, Sres. Roberto Reyes y Faustino Pereira con los representantes de Litoral Gas S.A, Sres.

Conrado Bianchi y Aníbal Paradiso, para declarar que las partes, luego de analizar el pedido de una ayuda económica efectuado por la representación gremial debido a la pérdida del poder adquisitivo del salario por el incremento del costo de vida producido en los últimos meses, han acordado lo expresado en los siguientes puntos.

  1. Que la empresa otorgará al personal comprendido en las categorías ING, A, B, C, D y E del CCT una gratificación extraordinaria, no remunerativa y por única vez de $ 420.-, $ 530-, 590.-, 620.-, $ 660.- y $ 700.-, respectivamente a cada categoría.

  2. Que la Gratificación Extraordinaria indicada en el punto anterior se abonará en oportunidad de liquidarse la remuneración correspondiente al mes de noviembre 2008.

  3. Que se solicitará la correspondiente homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, quedando expresamente aclarado que por tratarse de un monto...

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