Resolucion 675
Fecha de disposición | 03 Agosto 2007 |
Fecha de publicación | 03 Agosto 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31210 |
Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 424/05.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Acta Complementaria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.107.553/05
Buenos Aires, 16 de julio de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 668/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 167/170 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 783/07.
-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
Ref.: Expte. N° 1.107.553/05
En la Nº 31.210 30Viernes 3 de agosto de 2007
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Rectifíquese el artículo cuarto de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 259 de fecha 21 de marzo de 2007, el que queda redactado de la siguiente forma:
'Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.' ARTICULO 3º -- Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos tome razón de la presente medida en relación al Acuerdo registrado bajo el Nº 403/07 y homologado por la Resolución S.T.
Nº 259/07 que se rectifica por la presente medida.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
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