Resolucion 675

Fecha de disposición03 Agosto 2007
Fecha de publicación03 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31210
ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 424/05.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Acta Complementaria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.107.553/05

Buenos Aires, 16 de julio de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 668/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 167/170 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 783/07.

-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Ref.: Expte. N° 1.107.553/05

En la Nº 31.210 30Viernes 3 de agosto de 2007

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Rectifíquese el artículo cuarto de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 259 de fecha 21 de marzo de 2007, el que queda redactado de la siguiente forma:

'Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.' ARTICULO 3º -- Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos tome razón de la presente medida en relación al Acuerdo registrado bajo el Nº 403/07 y homologado por la Resolución S.T.

Nº 259/07 que se rectifica por la presente medida.

ARTICULO 4º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º

Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

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