Resolución 673 - E.

Fecha de disposición24 Octubre 2016
Fecha de publicación24 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 673 - E/2016

Buenos Aires, 05/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.724.151/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ESTRUCTURAS METÁLICAS DIN SOCIEDAD ANÓNIMA ARGENTINA, celebra un acuerdo directo con la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/6, el que es ratificado a fojas 38 y 39 del Expediente N° 1.724.151/16, y solicitan su homologación.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que a fojas 7/9 de autos, obra la nómina del personal afectado.

Que en dicho texto las partes acuerdan suspensiones para los trabajadores.

Que asimismo, a fojas 1/2 del Expediente N°1.729.574/16, agregado como foja 48 al principal, consta Acta Aclaratoria del acuerdo celebrado por las partes, donde especifican que en caso de requerir una renovación en las suspensiones pactadas será solicitado ante esta Autoridad de Aplicación y fue debidamente ratificado por las partes a fojas 49 y 50 de autos.

Que por otra parte, se hace saber que por un error involuntario se había omitido foliar la foja 3 de autos, por lo cual se procedió a realizar la foliatura correcta de todo el expediente.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/2015.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Declárense homologados el Acuerdo, Acta Aclaratoria, ratificación y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma ESTRUCTURAS METÁLICAS DIN SOCIEDAD ANÓNIMA ARGENTINA y la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/6, 7/9, 49 y 50 del Expediente N° 1.724.151/16 y fojas 1/2 del Expediente N° 1.729.574/16, agregado como foja 48 al principal.

ARTÍCULO 2º

Gírese la presente Resolución a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el Acuerdo, Acta Aclaratoria, ratificación y nómina del personal afectado, obrantes a fojas 2/6, 7/9, 49 y 50 del Expediente N° 1.724.151/16 y fojas 1/2 del Expediente N° 1.729.574/16, agregado como foja 48 al principal.

ARTÍCULO 3º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°

Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTÍCULO 6º

Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.724.151/16

Buenos Aires, 15 de Septiembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SSRL N° 673/16 se ha tomado razón del acuerdo, acta aclaratoria, ratificación y nómina del personal afectado, obrantes a fojas 2/6, 7/9, 49 y 50 del expediente de referencia, y fojas 1/2 del expediente N° 1.729.574/16 agregado como foja 48 al principal, quedando registrado bajo el número 1071/16. -- LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Escobar, a los siete días del mes de junio de 2016 se reunen en representación de la Unión Obrera Metalúrgica Seccional Campana, el Sr. Francisco Abel Furlan, en su carácter de Secretario General y el Sr. Ángel Derosso en su carácter de Secretario de Organización y los Sres. Juan Carlos Garcia, Roque Coronel y Francisco Torres, en su carácter de Delegados y Comisión interna del personal comprendido en el ámbito de la UOMRA que presta servicios en el Establecimiento de Estructuras Metálicas DIN S.A. y los Sres: Armando Diego Villarroel en su carácter de Apoderado y Marcelo Brescia en su carácter de Jefe de Recursos Humanos de Planta de Estructuras Metálicas DIN S.A. Argentina.

Declarado...

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