Resolución 206/2009

Fecha de disposición24 Septiembre 2009
Fecha de publicación24 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31744

Bs. As., 16/9/2009

VISTO, el expediente Nº 2708/2009/INCAA, la Resolución Nº 1126/09/INCAA, el Reglamento del II Programa de Fomento a la Producción y Teledifusión del Documental Ibero-Americano - DOCTV IB; y CONSIDERANDO:

Que los objetivos del Programa DOCTV IB son el intercambio cultural y económico entre los pueblos iberoamericanos, la implantación de políticas públicas integradas de fomento a la producción y teledifusión de documentales en los países de la región y la difusión de la producción cultural de los pueblos iberoamericanos en el mercado mundial.

Que por Resolución Nº 1126/09/INCAA se ha aprobado el Reglamento del II Programa DOCTV IB, que tiene como objetivos específicos la producción de un (1) documental por país adherente para integrar una cartera de documentales que promuevan la identidad latinoamericana y su diversidad de expresiones culturales.

Que dada las características de la producción del documental que resulte ganador del Programa DOCTV IB II, se estima conveniente designar UN (1) Productor Delegado quien coordinará y controlará el desarrollo del mismo, pudiendo controlar los tiempos de los planes de producción y realizar todos los actos necesarios a tales fines.

Que la Sra. Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha resuelto nombrar como Productor Delegado al Sr. Maximiliano DUBOIS.

Que por lo expuesto es menester dictar Resolución.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTE AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Desígnese al Sr. Maximiliano DUBOIS como Productor Delegado para el documental ganador del II Programa de Fomento a la Producción y Teledifusión del Documental IberoAmericano - DOCTV IB.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. -- LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 24/09/2009 Nº 80676/09 v. 24/09/2009 REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES Resolución Nº 205/2009

RESOLUCION RENATRE Nº 205/09. MODIFICACION RESOLUCION RENATRE Nº 2407/08. SITUACION DE BENEFICIARIOS DE SIPRED QUE REGISTRAN APORTES DURANTE EL GOCE DEL BENEFICIO. CAUSALES. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de Junio de 2009.VISTO: La Ley 25.191 de fecha 03/11/99, promulgada el 24/11/99 (B.O. Nº 29.283, 30/11/99), el Decreto Nº 453/01 de fecha 24 de abril de 2001, la Resolución Nº 543 de fecha 11 de agosto MTEySS, la Resolución Nº 664/05

RENATRE de fecha 26 de septiembre, el expediente Nº 1766/07 RENATRE, la Resolución 135/09

ANSeS, la reunión de Directorio de fecha 28/05/2009 y el Acta Nº 188/09. CONSIDERANDO: Que el Art. 16 de la Ley 25.191, en su Capítulo V, instituye el SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para los trabajadores rurales comprendidos en el ámbito de aplicación de la norma precitada. Que la Resolución Nº 543/04, aprueba provisoriamente la reglamentación del Sistema Integral de Prestaciones por desempleo. Que el artículo 3º de la Resolución Nº 543/04, faculta al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores --RENATRE-- al dictado de las normas complementarias para la aplicación de la misma. Que, para tener derecho a las prestaciones por desempleo previstas por dicho sistema, los trabajadores rurales deben reunir los requisitos establecidos en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 4º; o lo establecido por los incisos a), b), c), d), e), f), del artículo 6º (en caso de ser un trabajador rural...

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