Resolución 671/2021

Fecha de publicación31 Mayo 2021
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021

VISTO el expediente EX-2020-36453001-APN-SDYME#ENACOM del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del EX MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, Organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por Resolución ENACOM N° 1630 del 9 de marzo de 2017, oportunamente se delegó en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el marco de sus respectivas competencias, las facultad de resolver el otorgamiento de las asignaciones y/o autorizaciones necesarias para el uso del Espectro Radioeléctrico en los sistemas y servicios detallados en el Anexo IF-2017-03364110-APN-ENACOM-MCO, así como las modificaciones y las renovaciones de las mismas; resolver la caducidad o baja de las asignaciones y/o autorizaciones alcanzadas por la delegación señalada; resolver el otorgamiento de las licencias de Radioaficionados, sus renovaciones, autorizar sus recategorizaciones, aplicar sanciones y llevar a cabo los registros correspondientes, así como autorizar a los Radio Clubes; resolver el otorgamiento de la autorización a las Instituciones Públicas ó Privadas y docentes para dictar los distintos cursos de formación de Operadores de Telecomunicaciones, ejercer el control y resolver la cancelación de la autorización; resolver la habilitación de los Operadores de Telecomunicaciones, emitir los certificados correspondientes, su retiro y reintegro; resolver la homologación, codificación, autorización, modificación, suspensión, caducidad o baja de las inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).

Que tal como surge del Acta N° 57 de fecha 20 de febrero de 2020, el Directorio del Organismo facultó al Presidente del Directorio a delegar en el Director Nacional con competencia específica la resolución de los trámites detallados en el punto 14 del Acta N° 2 del 1 de febrero de 2016.

Que conforme las normas de simplificación de los trámites administrativos, promovidas por el Decreto N° 894/2017 y las buenas prácticas aprobadas por el Decreto N°...

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