Resolución 448/2009

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2009

Que en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 9 punto 2 inciso a) 'in fine' del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, se instruye 1.- Con relación a las Destinaciones de Exportación oficializadas a partir del 1 de septiembre de 2009 y hasta el 20 de septiembre de 2009, las Direcciones Regionales Aduaneras y el Departamento Fiscalización Aduanera Metropolitana, según corresponda, procederán, en forma prioritaria, a su fiscalización aplicando las pautas contenidas en la presente.

  1. - Hasta tanto se implemente en el Sistema Informático Maria, con intervención de la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros y la Dirección de Técnica, la liquidación automática aplicable a este tipo de operaciones, se utilizará la autoliquidación LM-GAS (EXPORTACION A CONSUMO DE GAS NATURAL EN LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION ME y P Nº 534/2006).

  2. - La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS aplicará como base de valoración de las exportaciones de gas natural el precio informado para esta mercadería por la DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el que ha sido establecido en el marco del Programa de Energía Total conforme los períodos de vigencia que a continuación se detallan:

    Período Precio U$S/MMBTU 01/09/09 al 20/09/09 7,6177

  3. - A los efectos de determinar el valor imponible, deberá entenderse que el precio establecido en el punto 3.- no contiene los importes correspondientes a los tributos que gravan la exportación para consumo.

  4. - Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese. -- Sr.

    DANIEL SANTANNA, Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, A/C de la Dirección General de Aduanas.

    e. 16/09/2009 Nº 78377/09 v. 16/09/2009 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL Por Resolución Nº 3240 del 11/09/09 el Directorio del INAES dispone la liquidación extrajudicial de la ASOCIACION MUTUAL VIRGEN DE LOURDES, matr. 271-Prov. de Córdoba. Designa Liquidador de la citada mutual al Dr. Hugo MarianoYAGÜE (D.N.I. Nº 16.576.689), quien ejercerá las facultades que el estatuto social y la legislación vigente confieren a los órganos directivos y de fiscalización y Asamblea de Asociados en estado de liquidación, de conformidad a lo establecido en la Resol.Nº 119/88 del ex INAM, bajo las previsiones del Art. 15 de la Ley Nº 20.321, cuyos honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS-U.B.A., previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR.

    Por Resolución Nº 3241 del 11/09/09 el Directorio del INAES dispone la liquidación extrajudicial de la ASOCIACION MUTUAL PERSONAL DE ZONA SANITARIA Nº 7, matr. 441-Provincia de Córdoba. Designa...

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