Resolución 37/2009

Fecha de disposición08 Septiembre 2009
Fecha de publicación08 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31732

Secretaría de la Gestión Pública

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 37/2009

Régimen de Contrataciones de Consultores. Modificación.

Bs. As., 1/9/2009

VISTO el Expediente JefGabMin-Exp. Nº 205/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Decreto Nº 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2345/08 se sustituyó el régimen de contrataciones reglamentario del artículo 64 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 2005) aprobado por el Decreto Nº 1184/01 y sus modificatorios, estableciéndose que los contratos cuyo objeto sea la prestación de servicios profesionales autónomos a título personal deberán encuadrarse en el régimen establecido en su Anexo I.

Que el citado Régimen de Contrataciones prevé en su artículo 3º inciso d), que la solicitud de contratación deberá ser elevada por autoridad propiciante con jerarquía no inferior a Subsecretario o titular de entidad descentralizada, mediante informe conteniendo entre otros extremos, el perfil de requisitos profesionales específicos a satisfacer por el contratado, pertinente con lo exigido por el objeto de la contratación, según el formato que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS establezca al efecto, en el que deberán vincularse expresamente los títulos exigidos y la experiencia a acreditar con relación al objeto del contrato.

Que por otra parte, de conformidad con el artículo 4º del Anexo I antes mencionado se ha establecido la obligación de proceder a la evaluación formal del cumplimiento de lo pactado en los correspondientes contratos debiéndose consecuentemente adoptar las medidas para ello.

Que asimismo, por el artículo 7º del referido Anexo I se delegó en la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de la reglamentación referida a la autorización que, con carácter de excepción y mediante decisión fundada, puede otorgar el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo 1º, para la contratación de consultores que posean una especialidad informática o de otros tipos, que sean de reclutamiento crítico en el mercado laboral y no reúnan los requisitos específicos establecidos.

Que por otra parte, en el artículo 11 del mencionado Anexo I se dispuso que el titular de la Unidad de Personal con cargo de Director o equivalente, o su Superior cuando fuera éste el caso, de la jurisdicción o entidad contratante, deberá informar con carácter previo a la aprobación de los contratos, los datos de las personas respectivas a la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con lo que ésta establezca, no pudiendo celebrarse contrato alguno sin la certificación que dicha Secretaría deberá emitir en el plazo de DOS (2) días hábiles de recibido el requerimiento, la cual deberá agregarse a la actuación respectiva, informando que el consultor propuesto no registra incompatibilidades ni rescisión con causa informada por parte de un organismo nacional.

Que en virtud del artículo 5º del Decreto Nº 2345/08 la obligación mencionada en el considerando precedente también alcanza a los responsables de proyectos o programas con financiamiento internacional.

Que por los artículos 12 y 13 del Anexo I del Decreto antes citado se ha establecido la obligación de dar a conocer públicamente los datos de las personas contratadas por lo que deben adoptarse las previsiones del caso así como para actualizar el respectivo Registro Central.

Que en virtud de ello, resulta necesario aprobar las reglamentaciones correspondientes de modo de agilizar la tramitación de las respectivas contrataciones, asegurando el cumplimiento cabal de las previsiones contenidas en el citado Régimen de Contrataciones y de la finalidad de las mejoras que introdujo como resultado de la experiencia acumulada en la gestión del plexo sustituido.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 10 del Decreto Nº 2345/08 y por los artículos 3º inciso d), 7º y 11 del Anexo I del citado Decreto.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

  1. DE LA PROPUESTA DE CONTRATACION Y DEL PERFIL DE REQUISITOS.

Artículo 1º

Apruébase como Anexo I integrante de la...

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