Resolución 2672/2009

Fecha de disposición07 Septiembre 2009
Fecha de publicación07 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31731

Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 2672

Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Comercialización de granos no destinados a la siembra —cereales y oleaginosos— y legumbres secas —porotos, arvejas y lentejas—. Procedimiento de registración de operaciones. Resolución General Nº 2596, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

Bs. As., 2/9/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10056-663-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2596 sus modificatorias y complementarias, establece un procedimiento de registración ante este Organismo, aplicable a las operaciones de comercialización de granos no destinados a la siembra —cereales y oleaginosos— y legumbres secas —porotos, arvejas y lentejas—.

Que en virtud de la implementación de la firma digital, se hace necesario precisar los mecanismos conducentes a su aplicación cuando se requiera la registración de un contrato firmado digitalmente.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el Artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

— Modifícase la Resolución General Nº 2596, sus modificatorias y complementarias, en la forma que seguidamente se indica:

  1. Sustitúyese en los incisos a) y b) del Artículo 3º la expresión "...Anexo..." por la expresión "... Anexo I...".

  2. Incorpórase como inciso c) del Artículo 3º, el siguiente:

    "c) En el caso de solicitar la registración de un contrato otorgado con firma digital:

  3. Ingresar al servicio "REGISTRO FISCAL DE OPERADORES DE GRANOS REGISTRACION DE OPERACIONES" opción "FIRMANTE DIGITAL" a los fines de autorizar, mediante Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.), a cada uno de los representantes facultados para suscribir contratos...

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