Resolución 6602 - E.

Fecha de disposición13 Septiembre 2016
Fecha de publicación13 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 6602 - E/2016

Buenos Aires, 08/09/2016

VISTO el Expediente N° 8.047/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, la Ley N° 26.522, su Decreto reglamentario N° 1.225/10, el Decreto N° 267/15, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y las de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que a través del dictado del Decreto N° 1.159/82 se concedió a la firma DESUP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (en formación) una licencia correspondiente a un servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, identificado con la señal distintiva LR9, en la frecuencia de 1190 KHz., comprensiva de un servicio por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 102.3 MHz, ambos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que mediante Resolución N° 317-COMFER/99 se prorrogó por 10 años el plazo de la referida licencia a partir del 12 de enero de 1998 y, posteriormente, resultó beneficiaria de la suspensión del plazo de la licencia dispuesta mediante Decreto N° 527/05 (cfr. Resolución N° 1246-COMFER/07).

Que por medio de la Resolución N° 815-COMFER/09 se autorizó la modificación del tipo societario de la firma SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el de DESUP SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que por Decreto N° 246/10 se aprobó la escisión de la licencia de que se trata, autorizando la transferencia de titularidad de la correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, a favor de la firma IMC RADIOS SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que el Expediente N° 1.013-COMFER/01 documenta la solicitud de autorización de sucesivas transferencias accionarias, siendo la última aquélla que documenta el ingreso de la firma MANFLA SOCIEDAD ANÓNIMA (95%) - integrada por los señores Roberto Oscar FLORES y Manuel MENENDEZ en partes iguales - y el señor Roberto Oscar FLORES (5%), a la firma DESUP SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que a través de la Actuación N° 2.214-ENACOM/16 se solicitó se autorice la cesión de la totalidad de las acciones de DESUP SOCIEDAD ANONIMA en las siguientes proporciones: 90% a favor del señor Juan Mariano MARTINEZ ROJAS y el 10% a favor del GRUPO M DELUXE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que el TREENACOM N° 15.989/16 documenta la presentación del señor MARTINEZ ROJAS, a través de la cual manifestó que el sábado 11 de junio del corriente año tomó posesión de las instalaciones donde se encuentra emplazada la planta transmisora, sin recurrir para ello a ningún tipo de violencia y que, a partir de ese momento se comenzó a transmitir música desde dicha planta hasta tanto se pudiera solucionar la situación de los estudios de transmisión.

Que el artículo 50 de la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual en su inciso i) establece que las licencias se extinguirán por "...Por pérdida o incumplimiento de los requisitos para la adjudicación establecidos en la presente, previo cumplimiento de sumario con garantía de derecho de defensa.".

Que en el marco de la fiscalización del servicio de que se trata se pudo constatar que durante los días 12 a 16 de febrero del corriente año se produjo la suspensión de las emisiones de LR9 RADIO AMÉRICA 1190 KHZ; razón por la cual, y luego de realizada una inspección a dicho servicio, debido a la intimación oportunamente cursada por este Organismo, se presentó el apoderado de DESUP SOCIEDAD ANÓNIMA mediante Actuación N° 2.844-ENACOM/16 y manifestó que, en...

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