Resolución 66.

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2017

Resolución 66/2017

Buenos Aires, 31/01/2017

VISTO el Expediente ENRE N° 47.300/2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA N° 196 de fecha 27 de Septiembre de 2016, se instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) para que lleve a cabo todos los actos que fueran necesarios a efectos de proceder a la Revisión Tarifaria Integral de las Empresas Transportistas de Energía Eléctrica, que debe entrar en vigencia antes del 31 de Enero del año 2017.

Que la Revisión Tarifaria Integral del Transporte de Energía Eléctrica correspondiente a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER SA) se enmarca en el ACTA ACUERDO DE RENEGOCIACIÓN CONTRACTUAL (en adelante Acta Acuerdo UNIREN) suscripta entre la Ex - UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS (UNIREN) y dicha Empresa (en adelante TRANSENER o la TRANSPORTISTA), que fuera ratificada por Decreto N° 1462 de fecha 28 de noviembre de 2005.

Que con el objeto de cumplir con la instrucción impartida por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, el ENRE, mediante su Resolución Nº 524 de fecha de 28 de Septiembre 2016, aprobó el Programa para la Revisión Tarifaria del Transporte de Energía Eléctrica en el año 2016, que establece los criterios y la metodología para el proceso de la Revisión Tarifaria Integral y el consecuente plan de trabajo.

Que asimismo, por Resolución ENRE Nº 552 del 22 de Octubre de 2016, rectificada por su Similar N° 580 de fecha 09 de Noviembre de 2016, el ENRE aprobó el régimen de afectación de sanciones por calidad objetivo, que será aplicado para el cálculo de las sanciones por incumplimiento a las obligaciones previstas en el régimen de calidad de servicio y sanciones del Sistema de Transporte, tanto en Alta Tensión como por Distribución Troncal, así como el cálculo para la aplicación de sanciones en la supervisión de la operación y el mantenimiento del equipamiento de sus transportistas independientes.

Que a su vez, mediante la Resolución ENRE N° 553 de fecha 26 de Octubre de 2016, el ENRE resolvió aprobar la tasa de rentabilidad en términos reales y después de impuestos que las TRANSPORTISTAS deberán tener en cuenta para la determinación de sus ingresos.

Que teniendo en consideración los "Criterios para la Presentación de la Propuesta Tarifaria" aludidos en los Considerandos precedentes, TRANSENER mediante Nota de Entrada N° 235.358, de fecha 1° de noviembre de 2016, y Nota de Entrada N° 236.100, de fecha 16 de noviembre de 2016 y complementarias, ha presentado su respectiva propuesta tarifaria, la que obra en el Expediente mencionado en el VISTO.

Que habiéndose cumplido las etapas previstas en el plan de trabajo establecido en la Resolución ENRE N° 524 de fecha de 28 de Septiembre 2016, por Resolución ENRE N° 601 de fecha 21 de Noviembre de 2016, modificada por su Similar N° 616 de fecha 2 de Diciembre de 2016, se convocó a la realización de una Audiencia Pública, con fecha 14 de Diciembre de 2016, a los efectos de dar tratamiento a la Propuesta Tarifaria para la Revisión Tarifaria Integral presentada por TRANSENER.

Que la Audiencia Pública se rigió de conformidad con el procedimiento establecido por Decreto N° 1172 de fecha 3 de Diciembre de 2003, receptado por la Resolución ENRE N° 30 de fecha 15 de Enero de 2004.

Que, en efecto, dicha Resolución ENRE N° 30/2004 adoptó como Reglamento de Audiencias Públicas el "Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional" y el "Formulario de Inscripción para Audiencias Públicas del Poder Ejecutivo Nacional" que, como Anexos I y II, forman parte integrante del Decreto N° 1172/2003.

Que la Audiencia Pública se realizó en el Teatro de la Ribera, sito en Avenida Pedro de Mendoza 1821 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el día 14 de Diciembre de 2016 a las 9 horas.

Que, en primer lugar, en su presentación del 16 de noviembre de 2016, TRANSENER realiza un breve análisis de la evolución de los costos históricos, donde concluye que sus costos medios como TRANSPORTISTA han disminuido a lo largo del periodo que abarca desde el año 1999 hasta el año 2016.

Que por otra parte, la TRANSPORTISTA asegura que el incremento de costos de los insumos y servicios de los últimos CINCO (5) años ha impactado en el nivel de actividad operativo afectando directamente al mantenimiento del equipamiento.

Que TRANSENER dice que en el último quinquenio el incremento de los gastos reales operativos fue menor al proceso inflacionario y de aumento de costos que tuvo para la prestación del mismo servicio, afectando la disponibilidad presupuestaria para destinar recursos a cuestiones relacionadas al mantenimiento de las instalaciones (reparaciones generales, limpieza de servidumbre, contrataciones, mejoras civiles, etc).

Que la TRANSPORTISTA para el año 2017 prevé que será necesario incrementar el nivel de actividad operativa a los fines de cumplir con los programas de mantenimiento estacional definidos en los procedimientos y preservar las instalaciones que abarca la concesión en condiciones de calidad y seguridad.

Que además, TRANSENER proyecta un aumento respecto de los años 2015 y 2016 a los fines de ejecutar tareas de mantenimiento no críticas demoradas en el tiempo que permitan facilitar y mejorar las atención de las instalaciones (adecuación de infraestructura civil de Estaciones Transformadoras (EETT), política de mantenimiento de Reguladores bajo Carga (RBC) de transformadores, mejoras en servidumbre administrativa de electroducto, capacitación, mayores comisiones de trabajo).

Que la TRANSPORTISTA contempla además, respecto de años anteriores el crecimiento de las instalaciones e incorporación equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) de la dotación actual de personal para completar la plantilla de personal mínima necesaria, a los fines de optimizar los planteles y atender las instalaciones conforme los requerimientos establecidos en los procedimientos e instructivos de mantenimiento recomendados por los especialistas.

Que TRANSENER presentó el informe denominado "Descripción de Pautas y Justificación de Proyecciones de Costos 2017 \u2013 2021", donde explica las proyecciones de cada rubro de costos para el próximo período tarifario, realizadas en PESOS constantes de diciembre de 2016, en base a las instalaciones en servicio al 31 de diciembre de 2016, incluyendo los costos de los automatismos de Desconexión Automática de Generación y de Demanda de Exportación (DAG NEA - DAG NOA), de Desconexión Automática de Transmisión (DAT) Ezeiza-Rodríguez y del Sistema de Monitoreo de Oscilaciones (SMO), Reactivo (Reactores y Compensadores Sincrónicos \u2013CCSS-), como así también operación y mantenimiento de los equipamientos financiados mediante la Resolución ex - SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 1 de fecha 2 de enero de 2003.

Que en el Rubro "costos de personal", que es el más importante en la estructura de costos de la TRANSPORTISTA, ésta proyecta un incremento del SETENTA Y CUATRO POR CIENTO (74%) a valores corrientes para el año 2017 respecto del 2015, que justifica por el incremento en el costo promedio de los salarios por aumentos en las remuneraciones y mayores costos laborales otorgados durante el año 2016, y porque prevé nuevos ingresos de personal en los años 2017-2021, aduciendo que actualmente se encuentra al límite de sus posibilidades.

Que TRANSENER dice que la cantidad de personal regulado al 31 de diciembre de 2015 era de 740 empleados, más 97 empleados asignados a la operación y mantenimiento de equipamientos recibidos del denominado "Plan Federal" y 51 empleados, a la operación y mantenimiento de otras ampliaciones, totalizando 926 empleados si se consideran los 38 empleados de la actividad no regulada.

Que TRANSENER informa al 30 de septiembre de 2016 un total de 932 empleados, y prevé la incorporación de 36 vacantes pendientes hasta el 31 de diciembre de 2016, y de 137 personas para el año 2019, no previendo ingresos de personal para los años 2020 y 2021.

Que en el Rubro "otros costos del personal" TRANSENER proyecta un incremento del CIENTO CINCUENTA Y UN POR CIENTO (151%) en 2017 respecto de 2015 a valores corrientes, y los explica por los nuevos programas de capacitación, las variaciones en la cantidad de personal y en sus precios.

Que para el año 2017, TRANSENER prevé como gasto extraordinario la entrega de camperas y mameluco térmico los cuales cuentan con una frecuencia de entrega trianual, lo cual representa un incremento respecto al año 2015.

Que no se proyectan costos en "honorarios por servicios" para el período 2017-2021.

Que en cuanto a los "honorarios profesionales", que incluyen principalmente honorarios por consultoría técnica, legales, auditoría externa e interna, asesoramiento del Comité de...

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