Resolución 66/2021

Fecha de publicación28 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES


Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-52328683- -APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios; la Resolución N° 102 de fecha de fecha 2 de abril de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y la Resolución Conjunta N° 4 de fecha 22 de abril de 2021 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución Conjunta N° 4 de fecha 22 de abril de 2021 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el “PROGRAMA JÓVENES Y MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PROGRAMA JÓVENES Y MIPYMES)” que tiene por objeto aunar los esfuerzos, logística, recursos y circuitos de los Programas de Formación Profesional y de Promoción del Empleo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con las políticas y herramientas de promoción y financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a fin de potenciar en forma conjunta la creación de nuevas fuentes de producción y de nuevos puestos de trabajo.

Que el “PROGRAMA JÓVENES Y MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PROGRAMA JÓVENES Y MIPYMES)” está destinado a las trabajadoras y los trabajadores de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años de edad inclusive, que se encuentren en situación de desempleo y cuenten con los estudios secundarios completos y las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que se encuentren alcanzadas por los términos previstos en la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias.

Que la Resolución Conjunta Nº 4/21 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO define como ámbitos de aplicación del PROGRAMA a la SECRETARÍA DE EMPLEO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, cada una en el marco de sus respectivas competencias.

Que el artículo 5º de la mencionada resolución conjunta establece que la implementación del PROGRAMA se realizará por medio AGENCIAS TERRITORIALES dependientes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y...

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