Resolución 66/2021
Fecha de publicación | 07 Enero 2021 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2021
VISTO el EX-2020-83943104-APN-DD#MS, y
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación establece a cargo del Estado Nacional la responsabilidad de adquirir los insumos necesarios para la vacunación y proveerlos a las 24 jurisdicciones del país, a fin de dar cumplimiento al mandato del acceso de la población a las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos de riesgo y las que se dispongan por emergencia epidemiológica.
Que el Decreto Nº 1.007/2000 autoriza al MINISTERIO DE SALUD a utilizar los mecanismos de compra a disposición de los estados miembros de las ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD / ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OPS/OMS), establecidos en el Fondo Rotatorio para el Programa Ampliado de Inmunizaciones, Compras Reembolsables a nombre de los estados miembros.
Que la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que la mencionada Ley N° 27.541, además, autoriza al Ministerio de Salud a utilizar los recursos del Fondo Rotatorio Regional para Suministros Estratégicos de Salud Pública de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial de la Salud y cualquier otro procedimiento de adquisiciones que dichas entidades pongan a disposición de sus miembros, como así también otros medios que ofrezcan alternativas a través de organismos internacionales, organismos multilaterales, organizaciones no gubernamentales, u otros países; a los fines de contrataciones realizadas en el marco de la emergencia sanitaria.
Que el Decreto N° 260/2020, de fecha 12 de marzo de 2020 amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del referido decreto.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco del referido decreto y mediante Nota Nº 313/01 autorizó la emisión de órdenes de pago a favor de la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, sin que medie la recepción parcial o definitiva de los bienes.
Que en este marco la DIRECCIÓN...
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