Resolución 658 - E.

Fecha de disposición21 Octubre 2016
Fecha de publicación21 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 658 - E/2016

Buenos Aires, 01/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.725.218/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ESTRUCTURAS METÁLICAS DIN SOCIEDAD ANÓNIMA ARGENTINA, celebra un acuerdo directo con la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/6, el que es ratificado a foja 37 del Expediente N° 1.725.218/16, y solicitan su homologación.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que a foja 7 de autos, obra la nómina del personal afectado.

Que en dicho texto las partes acuerdan suspensiones para los trabajadores.

Que asimismo, a fojas 1/2 del Expediente N° 1.729.573/16, agregado como foja 40 al principal, consta Acta Aclaratoria del acuerdo celebrado por las partes, donde especifican que en caso de requerir una renovación en las suspensiones pactadas será solicitado ante esta Autoridad de Aplicación y fue debidamente ratificado por las partes a foja 44 de autos.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/2015.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Declárense homologados el Acuerdo, Acta Aclaratoria, ratificación y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma ESTRUCTURAS METÁLICAS DIN SOCIEDAD ANÓNIMA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/6, 7, 37 y 44 del Expediente N° 1.725.218/16 y fojas 1/2 del Expediente N° 1.729.573/16, agregado como foja 40 al principal.

ARTÍCULO 2º

Gírese la presente Resolución a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el Acuerdo, Acta Aclaratoria, ratificación y nómina del personal afectado, obrantes a fojas 2/6, 7, 37 y 44 del Expediente N° 1.725.218/16 y fojas 1/2 del Expediente N° 1.729.573/16, agregado como foja 40 al principal.

ARTÍCULO 3º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Acta Aclaratoria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5°

Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTÍCULO 6º

Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.725.218/16

Buenos Aires, 07 de septiembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SSRL N° 658/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/6, 7, 37 y 44 del expediente principal y a fojas 1/2 del expediente N° 1.729.573/16 agregado como fojas 40 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1030/16. -- Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Escobar, a los siete días del mes de junio de 2016 se reúnen el Secretario General de la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina, Seccional Campana Sr. Hugo Mario Godoy, el Secretario Gremial Sr. Carlos Gutierrez y el Sr. Jacinto Arredondo, en su carácter de Delegado del personal comprendido en el ámbito de ASIMRA que presta servicios en el Establecimiento de Estructuras Metálicas DIN S.A. y los Sres: Armando Diego Villarroel en su carácter de Apoderado y Marcelo Brescia en su carácter de Jefe de Recursos Humanos de Planta de Estructuras Metálicas DIN S.A. Argentina.

Declarado abierto el acto y luego de un...

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