Resolución 202/2009

Fecha de disposición31 Agosto 2009
Fecha de publicación31 Agosto 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31726

Que las empresas CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L. y CLINICA IMA S.A. se encuentran comprendidas dentro de las instalaciones Clase II, según lo dispuesto en el punto 48 de la Revisión 3 de la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR 10.1.1, de donde resulta aplicable el Régimen de Sanciones aprobado mediante la Resolución del Directorio Nº 32/02, citada en el VISTO.

Que respecto de la empresa CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L. se analizó la posible comisión de infracciones a lo establecido en los criterios 12 y 15 de la Norma AR 8.2.4 Revisión 1 'Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Instalaciones de Medicina Nuclear', infracciones que se encuadrarían en el Artículo 5º inciso a) del Régimen de Sanciones aplicable.

Que con relación de la DOCTORA Gloria Manuela FINK, se analizó la posible comisión de infracciones a lo establecido en el criterio 12 de la Norma AR 8.2.4 Revisión 1 'Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Instalaciones de Medicina Nuclear', infracción que se encuadraría en el Artículo 5º inciso a) del Régimen de Sanciones aplicable.

Que respecto de la empresa CLINICA IMA S.A. se analizó la posible comisión de infracciones a lo establecido en los criterios 15 y 30 de la Norma AR 8.2.4 infracciones que se encuadrarían en el Artículo 8 inciso a) del Régimen de Sanciones aplicable.

Que respecto del DOCTOR Héctor Enrique SUEIRO, se analizó la posible comisión de infracciones a lo establecido en el criterio 15 de la Norma AR 8.2.4 citada precedentemente, infracción que se encuadraría en el Artículo 8 inciso a) del Régimen de Sanciones aplicable.

Que la empresa CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L. era titular de las Licencias de Operación Nº 14931/1/3/12-05 y 17967/0/1/12-05, ambas con vencimiento el día 15 de diciembre de 2005.

Que conforme surge del Acta ARN Nº 8581, en la inspección realizada el día 13 de febrero de 2006 en las instalaciones de la empresa CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L. se encontraron dos generadores de Mo/Tc-99m dentro del búnker de guarda de material radiactivo, detectándose contaminación superficial en diferentes elementos del cuarto caliente, situación compatible con una instalación de medicina nuclear en operación.

Que conforme surge del Acta ARN Nº 8591, en la inspección realizada el día 21 de febrero de 2006 en las instalaciones de la empresa CLINICA IMA S.A., agentes de esta ARN al revisar el Registro de Contabilidad de Material Radiactivo detectaron que la citada Clínica entregó material radiactivo de su propiedad al CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L., el cual se encontraba sin la debida licencia de operación vigente.

Que asimismo, en la inspección 'ut supra' citada, se constató que la empresa CLINICA IMA S.A.

había realizado modificaciones edilicias y cambios en el equipamiento sin efectuar la debida comunicación previa a esta Institución.

Que en el marco de lo establecido en el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado mediante Resolución del Directorio Nº 75/99, se notificó a los sumariados de las posibles infracciones a la normativa regulatoria y la oportunidad de presentar las medidas de prueba, los descargos y alegatos, situándose de esta manera a resguardo las garantías del debido proceso adjetivo previstas en el Artículo 1º inciso f) de la Ley Nº 19.549 y su reglamentación; habiéndose presentado los descargos y alegatos en legal tiempo y forma.

Que en las presentes actuaciones resultó comprobado que la empresa CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR MONTE GRANDE S.R.L. infringió lo dispuesto en los puntos 12 y 15 de la Norma AR 8.2.4 citada en el VISTO, al haber recibido material radiactivo y operado la instalación sin licencia de operación vigente en el período comprendido entre el 16 de diciembre de 2005 y el 13 de febrero de 2006, infracción que se encuadra en el Artículo 5 inciso a) del Régimen de Sanciones aplicable.

Que asimismo se comprobó que DOCTORA FINK, Responsable por la Seguridad Radiológica de la empresa CENTRO DE...

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