Resolución 654/2019

Fecha de publicación21 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2019

Visto el expediente EX-2018-58405548-APN-DGDOMEN#MHA, la resolución 142 del 15 de marzo de 2007 del ex Ministerio de Economía y Producción y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Cauchari Solar II Sociedad Anónima Unipersonal (CUIT Nº 30-71542706-7) solicitó que se declare como proyecto crítico a su proyecto de inversión “Planta Fotovoltaica Cauchari Solar II”, cuya instalación y montaje se realizará en la localidad de Cauchari, provincia de Jujuy, a los fines de la obtención de los beneficios previstos por la resolución 256 del 3 de abril de 2000 del ex Ministerio de Economía, en virtud de lo establecido por el artículo 2° de la resolución 142 del 15 de marzo de 2007 del ex Ministerio de Economía y Producción y sus modificatorias.

Que el citado proyecto consiste en la instalación de una planta solar de cien megavatios (100 MW) de potencia, que tiene como objetivo la generación eléctrica solar a partir de energía renovable reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero. La oferta se enmarcó en los términos establecidos en la resolución 136-E del 25 de julio de 2016 (RESOL-2016-136-E-APN-MEM) y fue adjudicado mediante la resolución 213-E del 7 de octubre de 2016 (RESOL-2016-213-E-APN-MEM), ambas del ex Ministerio de Energía y Minería.

Que las características del citado proyecto se encuadran en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas 2010 (CLANAE 2010) en la categoría D, clase 35.11, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 2° de la resolución 142/2007 y sus modificatorias.

Que el aludido proyecto fue adjudicado a la firma Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado dentro del Programa RenovAr (Ronda I).

Que mediante acta de directorio 89 del 14 de octubre de 2016 se aprobó la propuesta de constituir tres (3) sociedades anónimas unipersonales para llevar adelante la construcción de los parques solares, conforme surge del decreto provincial 2473 del 17 de noviembre de 2016, siendo la firma Cauchari Solar II Sociedad Anónima Unipersonal una de estas sociedades.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de esta Secretaría de Gobierno de Energía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética dependiente de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de esta Secretaría de Gobierno de...

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