Resolución 65.

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2017

Resolución 65/2017

Buenos Aires, 07/03/2017

VISTO el expediente N° 1-2002-4638000887/16-2 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); las disposiciones de la Ley N° 24.193 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 512/95; la Resolución N° 542/05 del ex Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, la Resolución INCUCAI N° 98/11; y

CONSIDERANDO

Que la resolución ministerial citada en el visto establece que los criterios de distribución de órganos y tejidos cadavéricos deben sustentarse en normas técnicas que contemplen la equidad en el acceso al trasplante, en la asignación de los órganos y tejidos y en la transparencia de los procedimientos.

Que dichos criterios deben ser uniformes y específicos en todo el territorio de la República, en la medida que regulan aspectos esenciales y comunes para la protección de la salud y la seguridad de las personas, debiendo contemplar aspectos bioéticos, médicos y de territorialidad.

Que en este sentido deben precisarse los requisitos tendientes a asegurar la calidad de la atención médica a los pacientes que requieran un trasplante de órganos, además del debido registro, seguimiento y evaluación de las prácticas de ablación e implante de órganos y tejidos.

Que en las actuales circunstancias y en base a la experiencia internacional recogida, resulta necesario actualizar las Resolución INCUCAI N° 98/11, regulatoria de los procedimientos para llevar a cabo la práctica de ablación e implante de intestino, e incorporar los adelantos científicos registrados en la materia que garanticen el máximo de seguridad y eficacia.

Que la Comisión Asesora de Trasplante de Intestino, la Comisión Federal de Trasplantes (COFETRA) y las áreas competentes del INCUCAI, han llevado a cabo un pormenorizado estudio de la norma vigente y han...

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