Resolución 65/2021

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA


Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2021

VISTO el EX-2021-00003386-APLA-SG#APLA de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA), la Ley N 26.221 y su Decreto Reglamentario N° 763 de fecha 20 de junio de 2007, el INSTRUMENTO DE VINCULACIÓN suscripto entre el ESTADO NACIONAL y AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) con fecha 24 de febrero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 66° del Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales a cargo de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) aprobado por la Ley N° 26.221 establece que los Planes de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento de los Servicios (PMOEM) tienen por objeto asegurar el mantenimiento, la mejora del estado, rendimiento, funcionamiento en toda el área regulada de los sistemas necesarios para la prestación del servicio otorgado en concesión, posibilitando su administración y operación eficiente y sirviendo al cumplimiento de las normas del servicio y otras obligaciones previstas en el Marco Regulatorio, Contrato de Concesión y Planes de Acción.

Que el Instrumento de Vinculación en su capítulo VI.4 prevé que los “Planes Quinquenales” son aquellos que comprenden la planificación operativa, técnica, de expansión, mantenimiento y económica de la Concesión por un período de CINCO (5) años y que deben contemplar divisiones temporales, geográficas y por servicio o actividad.

Que de acuerdo al artículo 68° del Marco Regulatorio, la Concesionaria debe elaborar proyectos de esos planes detallando las obras y acciones a realizar, los montos de inversión previstos, objetivos y metas a alcanzar en las condiciones fijadas en el Marco Regulatorio.

Que la norma citada precedentemente determina que los planes elaborados por la Concesionaria deben ser aprobados por la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA DE LA NACIÓN en su calidad de AUTORIDAD DE APLICACIÓN del Marco Regulatorio aprobado por Ley N° 26.221 con intervención de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA).

Que, a su vez, el artículo 67° del Marco Regulatorio prevé que los Planes de Expansión como parte del PMOEM sean preparados con participación de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA), que tiene a su cargo la fijación del plan de obras de expansión para cubrir las necesidades de la demanda insatisfecha en materia de agua potable y saneamiento.

Que la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) también tiene la función de participar en el análisis del Plan de Mejoras y Mantenimiento que prepare la...

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