Resolución 645. RESOL-2018-645-APN-MSG

Fecha de disposición13 Agosto 2018
Fecha de publicación13 Agosto 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 645/2018

RESOL-2018-645-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el EX 2018-31895534-APN-DII#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD; el artículo 1796 de Código Civil y Comercial; el Decreto 1154 del 5 de noviembre de 1997; y la Resolución Nº 12 del 16 de febrero de 2007 de la Sindicatura General de la Nación sobre recupero de perjuicios patrimoniales causados por agentes públicos, y

CONSIDERANDO:

Que el citado artículo 1796 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que "el pago es repetible, si: a) la causa de deber no existe, o no subsiste, porque no hay obligación válida" o "e) el pago es obtenido por medios ilícitos".

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