Resolución 642/2022

EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SecciónAsociaciones Sindicales
Fecha de publicación26 Mayo 2022


Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022

VISTO el EX-2019-57591700- -APN-DGDMT#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390, sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, con domicilio en Boedo N° 90, piso 4º, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación realizada a su Estatuto Social, conforme la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y a el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial Nº 370 mediante Resolución N° 322 de fecha 9 de junio de 1960 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la que se halla registrada bajo el N° 1831.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7º del Decreto N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fue aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, lo dispuesto por Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de...

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