Resolución 641.

Fecha de disposición23 Mayo 2016
Fecha de publicación23 Mayo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 641/2016

Bs. As., 17/05/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-4879/16-5 del registro de este MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales y los Ministerios Nacionales de DESARROLLO SOCIAL, de EDUCACIÓN, de SALUD, de TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a través de un convenio específico, integran recursos y acciones para el desarrollo del Programa denominado "PRIMEROS AÑOS", con la colaboración técnico administrativa del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Argentina (Proyecto ARG 12/010).

Que el mencionado Convenio de Colaboración tiene como objetivo general generar condiciones familiares, comunitarias e institucionales para promover el Desarrollo Infantil temprano, desde un abordaje integral, a partir de la construcción de entornos protectores de los derechos de los niños.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD y de la SECRETARIA DE PROMOCION, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA sucesivamente, es el área que tiene a cargo el desarrollo de las acciones referentes al Programa "PRIMEROS AÑOS" en lo que al MINISTERIO DE SALUD se refiere.

Que se requiere actualizar los profesionales que representen al MINISTERIO DE SALUD ante el mencionado Programa Interministerial.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA propone a las Licenciadas NORMA PICASO (Legajo N° 119.460, DNI N° 14.028.434 y PAULA ABAD CRESPO, Legajo N° 117.505, DNI N° 20.425.372), ambas agentes de esta Dirección Nacional, para integrar la Mesa Interministerial del Programa "PRIMEROS AÑOS" en representación del MINISTERIO DE SALUD, quienes se desempeñarán "Ad Honorem".

Que a los efectos se han evaluado los antecedentes de dichas agentes, las que revisten en calidad de personal contratado bajo el Régimen instituido por el artículo 9° del anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421/02 y la Resolución de la Ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/12) y...

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