Resolución 6886/2009

Fecha de la disposición20 de Agosto de 2009

Autorízase el pago de aportes no reintegrables.

Bs. As., 14/8/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0320609/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se aprobó un sistema de compensaciones destinado a productores tamberos que críen y/o recríen terneros machos.

Que por el Artículo 3º de la mencionada Resolución Nº 170/09, se delegó en la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO la implementación de la compensación, pudiendo dictar las medidas reglamentarias e interpretativas, y mecanismos de control necesarios a tal fin.

Que mediante Resolución Nº 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO se reglamentó el procedimiento adecuado y los sujetos beneficiarios para acceder al aporte establecido en dicha normativa.

Que el referido aporte consistirá en un monto no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) por única vez y por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y, que asimismo, cumpla con los requisitos establecidos por la citada Resolución Nº 2240/09.

Que las solicitudes presentadas, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1429/1432.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y, por las Resoluciones Nros. 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS, dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCION, y 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, los que ascienden a la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL ($ 328.000).

Art. 2º

Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos mencionados en el Anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL ($ 328.000).

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Emilio Eyras.

ANEXO RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO CUIT CBU AUTORIZADOS MONTO A PAGAR PECUAGRO S.A. 30599041555 0200440601000000026797 31 $6.200

VIDELA JORGE Y FRESCO MAGDALENA S.H.

33707670989 0070999020000048011200 39 $7.800

TORRES, DAVID 20934176406 0167777100003609390145 37 $7.400

IACOMINI, HELMER EDUARDO 20117059767 0110186320018600108426 15 $3.000

PERINO, CARLOS MIGUEL 20062533928 3300533915330002337087 41 $8.200

GAZANO, NAZARENO JOSE 20061998927 3300533915330002293022 26 $5.200

COLAUTTI S.A. 30700249820 0070115620000001466920 22 $4.400

BIRCHER, CARLOS ALBERTO 23117598349 2850383540017059812425 14 $2.800

AMHERDT OMAR A.Y AMHERDT HUGO A. S.H.

30682004866 3300543815430001851028 18 $3.600

GASTALDI ITALO, FERNANDO GABRIEL Y JOSE PABLO 30571312545 0110373920037310107103 60 $12.000

MARCHIARO, ROBERTO OSVALDO 20071214126 3300514815140003619022 97 $19.400

AVELINO PICCO E HIJOS 30602643219 3300532215320001405070 90 $18.000

BRECHBUHL, CLAUDIO RAUL 20062528258 3880883440000055723046 48 $9.600

MENOSSI, ORLANDO HECTOR 20119506663 3300532225320003836031 30 $6.000

FERRANTE, SUSANA ANGELA 27053050196 0110373920037310825719 35 $7.000

RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO CUIT CBU AUTORIZADOS MONTO A PAGAR ARRIOLA, JOSE MANUEL 20049051558 0110033420000272863600 10 $2.000

DRUETTA, MIGUEL ANGEL 20064389115 0110373920037310825719 47 $9.400

HEINZEN, CELMIRO FRANCISCO 20062528967 3300519325190000838037 14 $2.800

DELLA MATTIA, JULIO CESAR 20061307614 0110178820017810778614 9 $1.800

LA SUABIA S.C.A. 30509739508 0140371601701300248516 50 $10.000

FLIAPA S.A. 33705467949 0070176720000003764633 72 $14.400

ZBRUN, JOSE DELMIRO 20214231132 1500657000065760276850 22 $4.400

LUCIANO ANGEL PEDRO MATEO 20062908662 3300535315350000818106 32 $6.400

TERNAVASIO, EUCLIDES SEGUNDO 24062810765 0110504920050410859721 30 $6.000

BERTINETTI, AVELINO Y BERTINETTI,

RAUL S.H.

30692406180 0110402220040210758430 32 $6.400

BRUNERI, EDEL MIGUEL 20062857952 3880877340000029577046 11 $2.200

MAGNANO, MIGUEL ANGEL 20063001989 0110571130057111083883 66 $13.200

AMBROGGIO, EDELVINO 20120383869 3300540715400002354109 24 $4.800

BASSANO, SERGIO FELIX 20227156105 2850372930000060630400 49 $9.800

MIRETTI, ROGELIO JOSE 20062963655 3300553725530008996102 37 $7.400

GERLERO DIEGO M.Y GERLERO PABLO D.

30710106823 0110508720050800183650 62 $12.400

ROSSI, EUCLIDEZ JOSE 20062801167 0070111820000000706353 26 $5.200

TONETTI, DOLLY MIRTHA Y MARTINA,

OSCAR RAMON 30707976515 3300540715400002232029 60 $12.000

PERRIG, EDUARDO HUGO 23120271199 0110195530019571287551 46 $9.200

ECHAVARRI, ARIEL JUAN FRANCISCO 20147377658 0200413001000000025183 30 $6.000

AUDISIO, JUAN CARLOS 20064352319 1101719200171100660585 11 $2.200

PIVA, DANIEL VICTORIO 20131789646 0110564320056412585103 60 $12.000

ALEMANI ROBERTO Y MEYNET EDDA S.H.

30708382864 2850376730000059829774 47 $9.400

GALETTO, JORGE ALBERTO 20145295069 2850376740017099731283 41 $8.200

CARRERAS, OSCAR JUAN 20082763709 0110171920017110741507 31 $6.200

BONETTO, MONICA MARTA 27164799242 0200357101000000232165 70 $14.000

GENERO JOSE ALBERTO 20102517491 0200304511000030158430 48 $9.600

1640 $328.000 Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS Resolución 6886/2009

Autorízase el pago de compensaciones.

Bs. As., 14/8/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0318684/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que mediante Resolución Nº 378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007, 339 de fecha 10 de abril de 2007 y 3043 de fecha 21 de agosto de 2008, todas ellas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº 9/07.

Que la referida Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los molinos harineros de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 378/07 y sus...

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