Resolución 640/2020

Fecha de publicación20 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO


Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-60137273-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, la Ley Nº 27.541, los Decretos Nros. 332 de fecha 1 de abril de 2020 y sus modificatorios, y 347 de fecha 5 de abril de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 1.581 de fecha 27 de agosto de 2020 y 1.954 de fecha 28 de octubre de 2020, la Resolución N° 491 de fecha 17 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha adoptado distintas medidas destinadas a ralentizar la expansión del mencionado virus, limitando la circulación de personas y el desarrollo de actividades determinadas, lo que produce un impacto económico negativo y no deseado sobre empresas y familias.

Que mediante el Decreto N° 332 de fecha 1 de abril de 2020 y sus modificatorios se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras afectados por la emergencia sanitaria, el cual consiste en la obtención de uno o más de los beneficios establecidos en el Artículo 2° del mismo.

Que el Artículo 5° del Decreto N° 332/20 facultó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a establecer los criterios objetivos, sectores de actividad y demás elementos que permitan determinar las asistencias previstas en dicho decreto, el período para las prestaciones económicas y a decidir respecto de la procedencia de acogimiento al régimen de otras actividades no incluidas expresamente.

Que con el objetivo de que estas decisiones se adopten con fundamentos basados en criterios técnicos, por el Decreto Nº 347 de fecha 5 de abril de 2020 se creó el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, integrado por los titulares de los MINISTERIOS DE DESARROLLO PRODUCTIVO, DE ECONOMÍA y DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y por la titular de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 621 de fecha 27 de julio de 2020 se incorporó como inciso e) del Artículo 2° del Decreto N° 332/20 y sus modificatorios, el beneficio denominado “Crédito a Tasa Subsidiada para empresas”.

Que, asimismo, mediante el Artículo 5° del Decreto N° 621/20 se...

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