Resolución 64/2021

Fecha de publicación12 Febrero 2021
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2021

VISTO el EX-2019-60182399-APN-DNASI#MPYT y las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que con fecha 21 de diciembre de 2016 la asociación sindical ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL, con domicilio en Bartolomé Mitre N° 1553, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial otorgada por Resolución N° 511 de fecha 6 de agosto de 1962 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por Resolución N° 908 de fecha 13 de octubre de 2009 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprobó el estatuto social de la peticionante, cuyo artículo 2° regula sobre los ámbitos de actuación de la entidad.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso b), de la Ley N° 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que, sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley N° 23.551 por el artículo 21 de la Ley N° 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA DE TRABAJO, ha aconsejado la aprobación de la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial en base a la representatividad acreditada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°...

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