Resolución 919/2009

Fecha de la disposición18 de Agosto de 2009

Que por Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que por Decreto Nº 577/03 y su modificatorio, se modificaron determinados aspectos del Decreto Nº 491/02 relativos a los contratos, estableciéndose entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros en los casos de nuevos contratos que superen la suma mensual de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100) y en los casos de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones originalmente pactadas.

Que por Decreto Nº 2345/08 se sustituyó el régimen de contrataciones reglamentario del artículo 64 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 2005) aprobado por el Decreto Nº 1184/01 y sus modificatorios, el que obra como Anexo I del Decreto de referencia.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación del señor Don Mario Luis GAMBACORTA (M.I. Nº 17.109.099) cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo al Programa 20, Partida Parcial Presupuestaria 1.8.7. - Contratos Especiales - Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL correspondiente a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente decisión, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen de contrataciones aprobado por el Decreto Nº 2345/08.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión, será atendido con cargo al Programa 20, Partida Parcial Presupuestaria 1.8.7. - Contratos Especiales - Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, correspondiente a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Apellido Nombre M.I. Función y Rango Horario Mensual...

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