Resolución 635. RESOL-2018-635-APN-SECT#MT

Fecha de disposición27 Marzo 2019
Fecha de publicación27 Marzo 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 635/2018

RESOL-2018-635-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.765.662/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.771.018/17 agregado como fojas 76 al Expediente N° 1.765.662/17, luce el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES (C.A.V.E.A.) por el sector empleador, ratificado a fojas 8 y 34, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente texto negocial, se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/2010 del cual son signatarias.

Que bajo el mentado acuerdo, establecen dejar sin efecto el último tramo de la escala salarial homologada bajo la RESO-2018-163-APN-SECT#MT y, el otorgamiento de sumas no remunerativas, conforme los término y lineamientos allí pactados.

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones pactadas, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que, de la cláusula cuarta surge que las partes incurrieron en un error material insertando que la compensación económica allí acordada, regirá a partir del 1° Enero de 2018 hasta el 31 de Diciembre de 2017...

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