Resolución 158/2009

Fecha de la disposición12 de Agosto de 2009
Art. 2º

Vencida la fecha fijada en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Julio C. Alak.

MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución 141/2009

Acéptase la renuncia presentada al cargo de Subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial de la Secretaría de Justicia.

Bs. As., 6/8/2009

VISTO la renuncia presentada por la doctora Norma María MANTIÑAN (D.N.I. Nº 14.886.992) al cargo de Subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial de la SECRETARIA DE JUSTICIA de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que el suscripto es competente para emitir este acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 1º, inciso c), del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

Artículo 1º

Acéptase, a partir del 6 de agosto de 2009, la renuncia presentada por la doctora Norma María MANTIÑAN (D.N.I. Nº 14.886.992) al cargo de Subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial de la SECRETARIA DE JUSTICIA de este Ministerio.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Julio C. Alak.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 155/2009

Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a la Asociación Pública de Fieles Clerical Cruzada del Espíritu Santo.

Bs. As., 27/7/2009

VISTO el Expediente Nº 0034835/2009 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que la 'ASOCIACION PUBLICA DE FIELES CLERICAL CRUZADA DEL ESPIRITU SANTO', es una Asociación Pública de Fieles Clerical, ordenada a la constitución de una sociedad de vida apostólica, a tenor del Canon 302, del Código de Derecho Canónico, concedido por el Arzobispo de Paraná.

Que en razón de lo dispuesto en su derecho propio de la condición de sus miembros, objetivo fundacional y personalidad jurídica canónica, mencionada precedentemente y demás antecedentes, la peticionante encuadra en la norma prevista por el articulo 3º, inciso f) del Decreto 491/95.

Que --conforme lo prescriben los artículos 4º de la Ley Nº 24.483 y 1º del Decreto Nº 1092/97-- las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la Ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el articulo 20, incisos e) y f) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Reconócese como persona jurídica a la 'ASOCIACION PUBLICA DE FIELES CLERICAL CRUZADA DEL ESPIRITU SANTO', con sede legal en calle Monte Caseros Nº 77,

Ciudad de Paraná, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, y con sede especial en avenida Quintana Nº 430, 7º piso, departamento 14 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la que queda Inscripta bajo el número TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (359) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º

Reconócese a dicha Asociación el carácter de entidad de bien público a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º

Hágase saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el artículo 20...

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